Quiero ser funcionaria, ¿cómo hago?

Sofía Vázquez
Sofía Vázquez ESTADO BETA

OPINIÓN

MABEL RODRÍGUEZ

23 jul 2021 . Actualizado a las 09:51 h.

Hay una increíble bronca soterrada dentro de las administraciones públicas a costa de la última decisión del Gobierno «progresista» de convertir en funcionarios fijos a todos aquellos interinos que lleven diez años o más en sus puestos, siempre que su plaza (estructural) no haya sido convocada en oposición. Ni tan siquiera tendrán que pasar un examen que puntúe mínimamente. Los que aprueban este desaguisado se disculpan con las exigencias de la Unión Europea, que le ha puesto como condición a España para recibir los fondos Next Generation que rebaje su tasa de empleados temporales en la Administración. Cierto. Europa puede exigir y España tiene que cumplir, pero no conculcando derechos constitucionales, y todo parece indicar que lo está haciendo sin ningún tipo de sonrojo frente a la sociedad.

Los funcionarios de carrera -cuyas protestas son de puertas para adentro porque, en buena parte de los casos, quieren evitar enfrentamientos públicos con sus compañeros interinos que acaben en un «no me dirijas la palabra»- están indignados con el «icetazo» y con el pacto que se acaba de cerrar. Advierten que el ordenamiento jurídico es claro: todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Y se está conculcando. Ese acceso será a través de una oposición o un concurso oposición, que deberá incluir una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes. Sin embargo, reconocen los funcionarios que en la ley de la función pública hay un resquicio en el que se dice que, «con carácter excepcional», el sistema de concurso consistirá únicamente en la valoración de méritos. Pero es una excepción, no un coladero para regalar un contrato fijo. Porque el artículo 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público define a los interinos como aquellos trabajadores a los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados con carácter temporal (tres años máximo, aunque hay salvedades como que se saque a oposición y el proceso quede desierto) para el desempeño de las funciones de los funcionarios de carrera. Estos, visto lo visto, se hacen una pregunta: ¿Quiénes son los grandes perjudicados de la aplicación de este proceso a la carta para el acceso a la función pública? Fácil, contestan: «la sociedad en general, los propios funcionarios de carrera y las miles de personas que están preparando las oposiciones y comprueban como las leyes y los principios constitucionales de acceso a la función pública se vulneran sin ningún rubor».

Visto lo visto me gustaría saber qué tengo que hacer o a quién tengo que conocer para ser funcionario público (sin pasar ninguna oposición, a poder ser), cuyos derechos son envidiados por toda la sociedad. Ellos ya no pueden argumentar que la Administración pública paga menos que la empresa privada (estadísticas oficiales revelan que ganan de media un 53 % más), tampoco pueden decir que no les aumentan los salarios al mismo ritmo que las empresas privadas y tampoco se pueden quejar de vacaciones, ya que entre el mes, los «moscosos» y los días libres por antigüedad (trienios) pueden trabajar al año menos de diez meses (y eso, los que más atados respecto a horario están).