Una comisión de eutanasia coja

OPINIÓN

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21 jul 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El 9 de julio el Diario Oficial de Galicia publicó el decreto de creación de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia. Pocas veces he leído un texto normativo tan malo. Ya la exposición de motivos resulta repetitiva y desproporcionadamente extensa, sin necesidad alguna. Sin embargo, esto no es lo problemático.

Al hablar de las funciones de la comisión, el decreto gallego se centra unilateralmente -y diríase que con obsesión porque hasta en tres ocasiones lo menciona- en el artículo 18 de la ley orgánica de regulación de la eutanasia y ha olvidado por completo el artículo 10 de dicha ley, el que se refiere a la verificación previa por parte de la Comisión de Garantía y Evaluación para comprobar que concurren los requisitos y condiciones establecidos para el correcto ejercicio del derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir. En mi opinión y en la de muchos otros, esta va a ser la función principal de estas comisiones, por cuanto los casos dudosos o en los que exista controversia van a ser anecdóticos, a tenor de la experiencia de los países en donde la eutanasia lleva ya años siendo una práctica legal. Me gustaría, por ello, que alguien de la consellería explicase públicamente cómo va a hacer la comisión gallega para llevar a cabo esa verificación previa, por cuanto a tenor de la literalidad del decreto no entra dentro de sus funciones.

No es la única comunidad autónoma que incurre en este olvido, todo hay que decirlo; pero ya se sabe que mal de muchos, consuelo de tontos. Además, en el caso gallego me consta que la consellería había sido previamente advertida y, por consiguiente, no estamos ante un olvido sino ante otra cosa (en el mejor de los casos, una torpeza propia de un leguleyo).

Bastante más listos han sido, por ejemplo, en la comunidad de Castilla y León, cuyo decreto, al hablar de las funciones de la comisión, afirma: «las previstas en la Ley Orgánica 3/2021». No solo eso, añade dos funciones que me parecen todo un acierto, relativas a la difusión del contenido de la ley orgánica entre los profesionales y la ciudadanía, así como a la realización de actividades formativas en relación con los aspectos técnicos y legales sobre la ayuda para morir y sobre comunicación difícil y apoyo emocional. Es más, se evidencia que en esta comunidad tienen realmente aprecio por la bioética y, en consecuencia, se afirma que «en la elección de estos profesionales se tendrá en consideración su formación en materia de bioética y ética asistencial».