Interés del menor

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

25 jul 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Badajoz retira la custodia compartida a un camarero debido a que su extensa jornada laboral le hace difícil cumplimentar sus deberes parentales. Se invoca para ello que el interés del menor es lo prioritario a la hora de sentenciar en un procedimiento de estas características. El padre ninguna culpa tiene de que en su ámbito profesional se trabajen más horas de las debidas y no se le debiera castigar por ello. Resulta chocante que en la sentencia de la Audiencia de Badajoz se reconozca que la custodia compartida de los hijos menores es el régimen más deseable, y el fallo sea el que fue. ¿Alguien se cree que un camarero no puede ser un padre tan abnegado como el que más? Quizá tenga que echar mano de familiares o gente de su entorno en momentos puntuales, pero eso no es motivo suficiente para privar a un hijo de la cotidiana compañía de su padre. Al fin y al cabo eso es lo que se ha hecho. Se ha ninguneado precisamente lo que se pretendía salvaguardar. El interés del menor que, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo y cuanto convenio internacional al respecto se examine, este no es otro que nunca restarle a un niño la posibilidad de criarse y formarse, en caso de divorcio de sus padres, en igualdad de condiciones con ambos.