LA LEY, aún habiéndose pagado un elevado precio, ha terminado, aunque no se si podríamos decir que en toda la extensión de la palabra, por triunfar; pero de alguna manera, eso sí, da la impresión externa de haberse impuesto, por más que haya sido a los puntos y en el último momento. Pero en tan titánico empeño se ha dejado, seríamos ciegos si no lo percibiéramos, un buen puñado de necesarias y vistosas plumas. Hay que ver lo que cuesta en los últimos tiempos que algunos y, hasta los poderes públicos, se acomoden a los preceptos fijados en ella. ¡En qué queda si no el Estado de Derecho y el correlativo mandato constitucional, conciso, tajante y explícito, de que «Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico» (artículo 9. 1 CE). Parece como si nos encontráramos inmersos, y todavía estamos lejos de los Juegos Olímpicos de Pekín, a celebrase en el año 2008, en una batalla de interminables obstáculos, cada vez que ante una infracción del sistema jurídico por obra de los poderes públicos -sean del Estado central o de las comunidades autónomas-, se desea restablecer la legalidad. Es como si en lugar de vivir, diría un clásico, en el tiempo de los hombres, siguiéramos haciéndolo en el de los dioses y diversas criaturas mitológicas, siempre raudas a afrontar herculeamente los imposibles retos para los simples mortales. La última y mejor prueba de lo reseñado ha sido la tan traída prohibición de la asamblea convocada recientemente por Herri Batasuna, cualesquiera que sean sus ocasionales disfraces, en Baracaldo. Hemos conocido así una extraña pugna discursiva entre quienes postulaban, con toda legitimidad y legalidad, su pronta y radical proscripción, y los que, por el contrario, se agarraban a cualquier artilugio legalista para consentir su desarrollo. Por volver al mundo antiguo, la lectura de los argumentos de unos y otros recordaba las mejores páginas de La Apología de Sócrates o Defensa ante el Jurado : en un lado, las ingeniosas, pero vacías elucubraciones sofistas de Meletos; y, de otra, la demoledora veracidad de un ejemplar Sócrates. El asunto no es, sin embargo, tan complejo: ¡si Batasuna es una organización ilegalizada, también lo son sus actos! Como nos recordaba hace unos día el profesor Blanco Valdés en las páginas de este periódico, la ilegalización en su día de Herri Batasuna, obra del Pacto Antiterrorista y de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, respondió a tres exigencias. En primer lugar, a una primigenia obligación de naturaleza ética y moral, toda vez que un partido o formación política que ampara, incita o justifica el terror no puede actuar de forma impune dentro de la ley. En segundo término, a una demanda de carácter policial, convencidos, y no hay lugar a la duda sobre su contrastada eficacia, de la pertinencia de luchar contra el terrorismo con todos los instrumentos del Derecho; y, por último, por consideraciones de significado político: no hay pacto posible con los que asesinan y extorsionan. No pueden ni deben esperar magnanimidad quienes hacen del horror la ratio de su execrable hacer. Por retrotraernos, una vez más al mundo antiguo, no hay esperanza de Pax romana para los terroristas, si antes no hay arrepentimiento público y real, y abandono íntegro e irreversible de las armas. La organización terrorista conoce, por tanto, lo que se espera de ella: disolverse lo antes posible. Y Herri Batasuna, en consecuencia, también: expresar su más clara condena del terror y de quienes lo cobijan. Algo, por lo que se constata, todavía lejano, dada la celebración -una ignominia más- de un acto popular de apoyo paralelo a Batasuna en la misma ciudad de Baracaldo, que habría venido de esta suerte a cubrir el vacío dejado por la no celebración de la citada asamblea no autorizada in extremis por la Audiencia Nacional. Así las cosas, sorprende que a estas alturas hayamos tenido que esperar hasta el final, como si de una novela de suspense se tratara, para que un juez independiente acordara instar de la Fiscalía General del Estado la prohibición de tan controvertida asamblea. Sobre todo cuando dicha formación se encuentra disuelta, dada su confesa y acreditada subordinación a la propia ETA, por el Tribunal Supremo (STS 28 de marzo de 2003), una medida avalada además por el propio Tribunal Constitucional (STC 48/2003). Todo lo demás no pasan de ser fútiles artimañas, erróneas aseveraciones, cuando no burdas disquisiciones arbitristas, sobre un asunto que no necesitaría de mayor argumentación: ¡qué si la ilegalización de una formación política no llevaría aparejada la suspensión individual de los derechos de reunión y asociación de sus miembros!; ¡qué si supone un paso político atrás en la búsqueda de una vislumbrada solución pacífica y negociada! Frente a tanta confusión regresemos, otra vez, a los más clásicos, aunque en este caso a los años del más esplendoroso Renacimiento italiano. Y es que, como decía el genial Leonardo da Vinci, «el que no castiga el mal, manda que se haga». Un buen recordatorio, en el actual contexto, para todos.