¿Qué hará Lugo con los patinetes?

Lorena García Calvo
LORENA GARCÍA CALVO LUGO / LA VOZ

LUGO

OSCAR CELA

El gobierno se pone manos a la obra para actualizar la ordenanza del 2013 amoldándola a las directrices de la DGT

10 dic 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El Concello de Lugo adaptará la ordenanza municipal de circulación a los nuevos tiempos. Concretamente, pensando en los patines eléctricos, que se han convertido en una parte habitual en el paisaje urbano. La área de Mobilidade, que lidera el teniente de alcalde Rubén Arroxo, anunció que actualizarán la normativa y para hacerlo recabarán la opinión de los técnicos municipales, de los usuarios y también de los grupos de la oposición que quieran realizar aportaciones. Pero, ¿qué cambios se prevén?

¿Qué es exactamente un patinete eléctrico?

Una de las dificultades que existía hasta la fecha para legislar sobre los patinetes eléctricos era la relativa a su propia definición. La reciente instrucción elaborada por la DGT disipa dudas al respecto definiéndolos como vehículos de una o más ruedas y una sola plaza propulsados exclusivamente por motores eléctricos y cuya velocidad se comprende entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. En ese sentido, quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida, por ejemplo.

¿Hay alguna norma que regule los patinetes eléctricos?

La Dirección General de Tráfico hizo pública hace unos días una instrucción sobre el uso de los patinetes eléctricos que, sin embargo, no despeja todas las dudas. Primero, porque ya advierte que es transitoria a la espera de que la Unión Europea adopte medidas comunes, y segundo, porque también deja en manos de las ordenanzas municipales parte de la letra pequeña.

¿Hace falta seguro de circulación?

Hay algunos aspectos que están muy claros con la normativa, y uno de ellos es que los usuarios de los patinetes eléctricos no necesitan ni permiso para conducirlos ni seguro obligatorio. También están nítidos comportamientos que son sancionables, como el uso del teléfono móvil mientras se conduce, el uso de auriculares o las sanciones en caso de que se detecte que se han consumido drogas o alcohol.

¿Qué partes regula la ordenanza municipal?

La ordenanza de circulación que rige en el Concello de Lugo data del año 2013, cuando los patinetes eléctricos apenas habían llegado al mercado. De ahí la necesidad de actualizar la norma, que será la que deberá establecer si el uso de casco y otros elementos de protección es obligatorio. También corresponde al Ayuntamiento decidir dónde tienen prohibido parar y estacionar este tipo de vehículos, y también las zonas por las que deben circular, uno de los caballos de batalla.

¿Por dónde deben circular los vehículos de movilidad personal?

Aquí se complica la cuestión. Según la DGT, los patinetes eléctricos no podrán circular por aceras ni zonas peatonales, puesto que el Reglamento General de Circulación prohíbe la circulación de vehículos por las aceras, a excepción de monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan a paso de persona. Es decir, que el propio matiz franquearía el camino a los patinetes eléctricos si estos fuesen a ritmo de paseo. Además, Tráfico añade que serán las propias ordenanzas las que marcarán las excepciones.

¿Qué establece la ordenanza de Lugo?

Si se considera, tal y como dice la DGT, un vehículo de motor a los patinetes eléctricos, la ordenanza municipal establece en su artículo 15 que deberán circular por el arcén si no existe vía específica y siempre y cuando sea suficiente, si no, circularán por la calzada. Sin embargo, si se interpretase como aparatos sin motor (en ellos incluye monopatines, patines, patinetes y similares) no podrán circular por la calzada, solo podrán ir por aceras y zonas peatonales, no podrán invadir carriles de circulación y deberán acomodar su marcha a la de peatones. Esta segunda visión, más próxima a la de ciclistas y ciclos, podría ser la que mejor se adaptase a espacios como Lugo, con el casco histórico muy peatonalizado. El matiz de acomodar la velocidad al lugar podría dar la clave.