El TSXG ratifica la anulación del horario de verano fijado a los policías locales

Enrique Gómez Souto
enrique g. souto LUGO / LA VOZ

LUGO

También en este caso, el Tribunal impone al Ayuntamiento el pago de las costas del recurso de apelación

05 nov 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Los tribunales siguen anulando decisiones adoptadas en el pasado mandato municipal por los entonces concejal y director general de la Policía Local. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de desestimar el recurso de apelación del Ayuntamiento contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número dos de Lugo que anuló el decreto por el que se fijaba, sin negociación previa, el horario de mañana de los agentes para los meses de julio y agosto del 2009. El mismo sistema se aplicó en 2010 y 2011, según indican fuentes de CSIF, sindicato que recurrió la citada decisión municipal. También en este caso, el TSXG impone al Ayuntamiento el pago de las costas.

El alto tribunal gallego valida la resolución anulatoria emitida por el juzgado de primera instancia del decreto del entonces concejal de Protección da Comunidade por el que fijó el turno de mañana de 6.00 horas a 14.30 horas.

El Ayuntamiento alegó ante el Superior falta de legitimidad del sindicato CSIF para recurrir el citado decreto. Tras citar sentencias del Tribunal Constitucional, el TSXG desestima tal pretensión, porque, como hizo el juzgado de instancia, considera que el sindicato recurrente «está defendiendo su función representativa en el ejercicio de su libertad sindical». Además concluye que el calendario laboral, las jornadas, vacaciones, permisos y movilidad son objeto de negociación, porque afectan a las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos.

El Concello habrá de pagar las costas, limitadas a 600 euros en lo que se refiere al letrado.