Algunas partidas de lodos industriales llegaron a Portomarín supuestamente con graves carencias de documentación. Pese a ello y, como consecuencia de una falta de control considerada alarmante por los vecinos afectados, fueron depositados sin ningún tipo de impedimento en algunas tierras. El Servicio de Protección de la Naturaleza mantiene abierta la investigación como consecuencia de las denuncias presentadas.
Los agentes de la Guardia Civil interceptaron, según explicaron ayer diversas fuentes, un camión cuyo conductor únicamente pudo presentar un albarán en el que figuraba la procedencia, pero no así otros datos que deben hacerse constar obligatoriamente.
Todo apunta a que el camión, que transportaba 27.440 kilos, que fueron depositados en un terreno de Caborrecelle, había cargado en Porriño y que los residuos eran lodos de la depuradora del polígono industrial de esta localidad de Pontevedra. De confirmarse que el vehículo venía directamente desde la depuradora, los responsables del vertido supuestamente incurrirían en una doble irregularidad según lo estipulado el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, que regula la utilización los lodos de depuración en el sector agrario, según comentaron diversas fuentes.
En primer lugar, el citado decreto establece que los lodos de depuración han de ser tratados antes de ser depositados en las tierras para evitar problemas de tipo sanitario que puedan afectar a las personas y animales. «Sólo podrán ser utilizados en la actividad agraria los lodos tratados y amparados por la documentación mínima que establece el artículo cuatro», reseña el punto dos del Real Decreto. Presuntamente los residuos depositados no recibieron el tratamiento preceptivo.
La segunda de las posibles irregularidades estaría basada en el artículo cuatro. Éste dice lo siguiente: «Toda partida de los lodos tratados destinada a la actividad agraria deberá ir acompañada por una documentación expedida por el titular de la estación depuradora de aguas residuales en la que quedarán claramente establecidos el proceso de tratamiento y la composición de la mercancía (...)».
Otra de las cuestiones que el Seprona tuvo que comprobar, aunque no trascendió el resultado, es si los usuarios de los lodos tenían la documentación a la que hacía referencia el artículo reseñado con anterioridad.