El tribunal desestimó en el 2001 un recurso de la UGT de Calviá en un caso similar al de Lugo Los jueces señalaron que las líneas de la Policía Local están dedicadas a un servicio esencial
16 ene 2004 . Actualizado a las 06:00 h.Una sentencia del Tribunal Supremo avaló las medidas de control telefónico aplicadas en la Policía Local de Calviá, similares a las puestas en práctica en Lugo, en opinión del gobierno local. El citado tribunal desestimó en octubre del 2001 un recurso de casación, contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, desestimatoria, a su vez, del recurso interpuesto por la UGT en 1996 por el registro de llamadas en la sede de la Policía Local del citado municipio mallorquín. El concejal José Ángel González Corredoira cree que el caso de Calviá y el de Lugo son prácticamente iguales. En el citado municipio mallorquín el jefe del cuerpo municipal informó a la plantilla, mediante comunicación interna, de que se ponía en funcionamiento el citado servicio. En Lugo, el responsable de la Policía Local difundió un escrito con un contenido similar al de su colega, según recuerda Corredoira. El edil dice que como en el Ayuntamiento mallorquín también en Lugo existe un protocolo de uso del sistema de control telefónico y dos responsables directos del mismo: el jefe del cuerpo y un suboficial, que son los custodios de las grabaciones. En Lugo, igual que en el otro municipio citado -siempre según el edil-, hay líneas en el edificio de la Policía Local que no están sometidas al indicado control; Corredoira aclara que en el Calviá (según la sentencia), sólo había una, mientras que en el caso lucense, son numerosas. En este sentido, en la citada resolución se dice: «(...)pues estando dedicadas aquellas líneas a un servicio de interés general esencial para la colectividad, como es el de Policía Local, no pueden ser, por principio, cauce legítimo de realización de conversaciones privadas cuando para tales conversaciones existen otras líneas que tienen garantizada la privacidad de su uso (...)».