Una empresa, a juicio por el accidente que tuvo su encargado en un tejado de Monforte

Carlos Cortés
Carlos Cortés MONFORTE / LA VOZ

LEMOS

Momento en que los bomberos suben al tejado de la iglesia de San Vicente para rescatar al herido
Momento en que los bomberos suben al tejado de la iglesia de San Vicente para rescatar al herido

La víctima se cayó al romperse la cubierta de la iglesia de San Vicente

25 feb 2026 . Actualizado a las 05:05 h.

El accidente laboral que se registró en el año 2022 en las obras del tejado de la iglesia de San Vicente, en Monforte, será juzgado como un delito de lesiones por imprudencia. El herido se cayó del techo de la iglesia porque no estaba instalado el dispositivo de prevención de sucesos de este tipo. La empresa constructora había presentaron un recurso para evitarlo, pero acaba de ser desestimado. El trabajador que resultó herido en este accidente era el encargado de la obra y, la empresa alegaba que era precisamente él quien tenía que velar porque ese día nadie se subiese a ese tejado.

El trabajador afectado se subió al tejado el 18 de julio de aquel año a las nueve y media de la mañana. Se puso a retirar las tejas de la cubierta, pero cuando caminaba por ella las planchas de fibrocemento que formaban su base se rompieron y cayó algo más de dos metros y medio de altura, hasta la parte superior de la bóveda de la iglesia.

Aquella mañana tuvieron que intervenir los bomberos para sacar al herido de allí. Los rescatadores utilizaron un camión con escalera articulada para llegar al tejado con una camilla y una vez arriba la utilizaron para amarrarlo en ella. A continuación lo bajaron a la calle utilizando la escalera del camión como si fuese una grúa. Abajo los esperaba el personal de una ambulancia que trasladó al herido al hospital de Monforte.

Dos fracturas de cadera

El golpe le provocó dos fractura en la cadera y una luxación en el hombro. Tardó 226 días en curarse del todo, aunque le quedó como secuela dolor en la zona afectada.

El abogado de la empresa sostiene que se suponía que aquel día ningún trabajador tenía que subirse al tejado y que esas eran las instrucciones que tenía el encargado. Era la fase inicial de las obras y ya estaban colocados los andamios, pero todavía no había sido instalada la línea de vida a las que se atan los arneses de seguridad con los que hay que trabajar en esas circunstancias. La línea de vida estaba previsto ponerla al día siguiente.

La defensa de la empresa argumenta que la responsabilidad en este caso recae sobre el propio trabajador afectado, porque la dirección había delegado en él para que ejerciese de encargado sobre el terreno.

La Audiencia de Lugo no entra a discutir sobre quién tiene la responsabilidad legal de ese accidente laboral, sino que se limita a apuntar que no hay razón para que el caso no vaya a juicio, que era lo que pretendía la representación legal de la empresa. En este sentido la jueza que firma esta resolución recuerda que transformar las diligencias previas de un caso en procedimiento abreviado, que es lo que hizo el juzgado de Monforte que investiga lo sucedido en el auto que recurrió la empresa, «non supón unha prefiguración de condena nin responde ao voluntarismo das partes que pretendan exercer a acusación».