Ve errores en la sentencia del canon

La Voz

LEMOS

23 ene 2004 . Actualizado a las 06:00 h.

?l presidente de la Diputación dio cuenta de una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la que se rechaza el recurso presentado contra la Diputación por el que se reclamaba el pago por el valor de los terrenos pertenecientes a la comunidad y por la que pasa la carretera de la Cruz de Outeiro, por Soldón a A Seara, en los municipios de Quiroga y de Folgoso do Courel. Entre los motivos que aduce el tribunal gallego para desestimar el recurso hay dos que destacó Francisco Cacharro y puso en relación con la reciente sentencia del mismo tribunal sobre el canon energético. Se trata de la prescripción de los hechos, ya que la carretera se construyó hace más de cuarenta años, y legalmente el mínimo para reclamar son cinco años; y por otra parte, la sentencia sobre la carretera de Folgoso señala que «no hay ningún acuerdo administrativo al respecto que se impugne y pueda ser revisado jurisdiccionalmente». Diferencia Para Cacharro Pardo estos dos argumentos no se aplicaron con el mismo rasero «en cierta sentencia, que entre otros muchos males y errores, ni indentificaba el acto administrativo, porque no se impugnaba un presupuesto, nin un plan de inversiones». Según señaló el presidente de la Diputación «es chocante que el mismo tribunal diga ahora -por el caso de la carretera- que ha prescrito el derecho». Sobre la sentencia del canon energético, aunque no la citó explícitamente en la rueda de prensa tras la comisión de gobierno, Cacharro afirmó que además de los dos defectos reseñados «tiene otras cosas de muchísimo bulto». La Diputación de Lugo recurrió el acuerdo del TSXG ante el Tribunal Constitucional, tras el fallo del Supremo.