Aviturga celebra que Europa confirmase que el doble registro de pisos turísticos vulnera la normativa

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Cajetines de seguridad para llaves de un piso turístico (foto de archivo).
Cajetines de seguridad para llaves de un piso turístico (foto de archivo). Marina Villén | EFE

La entidad ha indicado que la Comisión Europea aludió a un reglamento del 2024 que prohíbe someter una misma vivienda a más de un procedimiento de registro cuando ya hay uno obligatorio

04 feb 2026 . Actualizado a las 17:11 h.

La Asociación de Viviendas Turísticas de Galicia (Aviturga) celebró el pronunciamiento de la Comisión Europea (CE) de que el sistema español de doble registro de viviendas turísticas contradice el derecho comunitario. La entidad indicó en un comunicado que el informe de la CE cuestiona el decreto que, desde el 2 de enero del 2025, obliga a los propietarios de viviendas de uso turístico y arrendamientos de corta duración a inscribirlos, además de en los registros autonómicos obligatorios, en un nuevo registro estatal supervisado por el Ministerio de Vivienda.

Paralelamente, la asociación indicó que la CE alude a un reglamento del 2024 que prohíbe someter una misma vivienda a más de un procedimiento de registro cuando ya hay uno obligatorio, y fija el 20 de mayo del 2026 como fecha límite para que España elimine esta duplicidad administrativa. Además, subrayó que el pronunciamiento europeo «avala expresamente» su postura respecto a la polémica generada por el nuevo procedimiento denominado «número de registro único de alojamiento».

La falta de este número «no convierte en ilegales a las viviendas turísticas, puesto que la normativa europea no exige un segundo registro cuando ya existe uno autonómico plenamente válido», apuntó Aviturga, y recalcó que este punto es especialmente relevante porque confirma que miles de propietarios han sido injustamente «señalados o presionados para obtener un número que no es exigible conforme al derecho comunitario».