Administraciones públicas, empresas, asociaciones, clubes u oenegés que trabajan con menores buscan la fórmula para comprobar que sus empleados no tienen antecedentes
27 mar 2016 . Actualizado a las 05:00 h.Aunque entró en vigor el pasado 1 de marzo, hay miles de trabajadores que están en contacto directo con menores en Galicia y que todavía no han presentado el certificado de delitos sexuales. Es el caso de los empleados fijos que ya se dedicaban a tareas con niños. Ahora administraciones y empresas buscan mecanismos para cumplir la ley.
Profesores
Preparan un sistema para pedirlo. Ya se está pidiendo el certificado de penales a todos los interinos y sustitutos a quienes se llama para cubrir una baja en un colegio o instituto. En el caso de aquellos profesores que tomen posesión de un nuevo puesto de trabajo, deberán firmar una declaración responsable en la que aseguran que no han sido condenados por delitos sexuales y en la que autorizan a la consellería a consultar sus datos. Falta que esta medida se aplique a los miles de docentes ya con plaza fija, algo que se hará de modo paulatino. Educación trabaja en un sistema «que sexa o máis axeitado a nivel técnico», pero todavía está sin definir.
Personal sanitario
Una declaración jurada. Se ha enviado una instrucción desde la Consellería de Sanidade a las gerencias para que los profesionales que se incorporen a centros de salud y hospitales presenten una declaración jurada como la de educación. En este caso tienen el mismo problema que en la Administración educativa, qué hacer con los trabajadores fijos; al que suman otro, delimitar qué personal trabaja con niños. Es evidente que en una planta de pediatría se hace, pero hay otro tipo de profesionales, como los celadores, en donde la interacción no es tan clara. Por ello, la Xunta trabaja con el Ministerio de Sanidad para que se unifiquen criterios de a quién debe pedirse este certificado y definir cómo se hace en el caso de los empleados fijos.
Personal deportivo
Dificultades con los clubes pequeños. La Secretaría Xeral para o Deporte no contrata directamente, pero sí informó a todos los clubes, federaciones deportivas y asociaciones de que tienen la obligación de pedir ese certificado a todos sus trabajadores y voluntarios si trabajan con deportistas menores de edad. En la Federación Gallega de Fútbol, por ejemplo, se exigirá el documento de penales a todos los seleccionadores y al personal que viaje con menores en las distintas categorías sub 18, sub 16 y otras. Lo que ocurre es que las competiciones de esta temporada ya finalizan, por lo que se hará para la próxima. En el caso de los clubes ven más dificultades, explica el secretario general de la federación, Diego Batalla, ya que apenas tienen medios y ya deben hacer muchos trámites administrativos. De ahí que la federación estudie si es posible solicitar al personal, cuando pida la licencia, que entregue el certificado de penales, pero no tienen claro si puede hacerse legalmente.
Guarderías y otros
De monitores a servicios de conciliación. Política Social es quizás la consellería a la que más afecta esta ley que modifica el sistema de protección a la infancia y la adolescencia, ya que afecta a todos los trabajadores de guarderías, pero también a monitores de campamentos, trabajadores de centros de menores, de atención a la discapacidad, de puntos de encuentro familiar y servicios de conciliación. De hecho este departamento fue el que informó de la modificación normativa a las otras consellerías. Además de pedir la declaración responsable o el certificado a sus trabajadores, desde Política Social exigirán a cualquier empresa que trabaje para ellos una declaración de que todo el personal que está en contacto con menores de edad tiene esta certificación.
Concellos
Múltiples posibilidades. En el caso de los concellos casi siempre están externalizados los servicios que trabajan con menores -comedores, programas de conciliación, campamentos- por lo que exigen a la empresa concesionaria la declaración responsable, ya que siempre es el empleador el que debe justificar este documento, no la administración para quien trabaja. Como curiosidad de cómo se están aplicando las distintas administraciones, en el Concello de Teo recibieron a un estudiante de FP que va a realizar unas prácticas dentro de su ciclo formativo, y el propio instituto preguntó si realizaría tareas con menores para exigir al joven este certificado.
¿Y si hay antecedentes?
Apartarlo del contacto. Tampoco hay una respuesta unánime en cuanto a qué medidas tomar si el trabajador aparece en este registro. Desde Educación sostienen que «a Consellería actuará de acordo co que determine a lei». En Política Social sostienen que cuando ocurra un caso así se apartará al empleado del contacto habitual con menores, sea fijo, interino o incluso voluntario.
Hay 6 registros de apoyo a la Justicia, desde víctimas de violencia machista hasta rebeldes civiles
El registro central de delincuentes sexuales no es el único con el que cuenta el Ministerio de Justicia para facilitar la conexión entre los distintos sistemas. Hay seis, su objetivo es servir de apoyo a la actividad de los órganos judiciales, del ministerio fiscal, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y a la de otros entes administrativos, y el ámbito de actividad es todo el territorio nacional, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales suscritos por España.
Estas bases de datos las gestiona la Secretaría de Estado de Justicia, que además tiene que adoptar las medidas necesarias para asegurar su correcto funcionamiento, velar por su confidencialidad y cancelar los datos cuando haya que hacerlo.
Además del registro de delincuentes sexuales hay un registro central de penados, en el que están todas las resoluciones firmes en las que se impuso una pena o una medida de seguridad; el de protección de las víctimas de violencia de género, en donde están todas las medidas impuestos en base a estos delitos; el de medidas cautelares y sentencias no firmes; el de responsabilidad penal de menores; y el de rebeldes civiles, en donde se incluyen aquellos demandados en un procedimiento civil cuyo domicilio se desconoce.