El Tribunal Superior anula una norma que permitía edificar en humedales protegidos

Arantza Aróstegui REDACCIÓN

GALICIA

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha anulado dos apartados de un decreto de la Xunta que permitía la construcción de edificaciones y viales en los humedales protegidos de Galicia por considerar que infringían la legislación del Estado. El 28 de abril del 2005, la Xunta aprobó un decreto que modificaba otro del año anterior en el que se regulaban los humedales protegidos de Galicia; entre otros, la ría de Ribadeo, la ría de Ortigueira y Ladrido, la laguna y el arenal de Valdoviño, el complejo de playas, laguna y duna de Corrubedo, el complejo intermareal Umia-O Grove-A Lanzada, además de las zonas incluidas en el Convenio Ramsar y en la red gallega de espacios protegidos. El Ministerio de Medio Ambiente requirió el 26 de julio a la Xunta para que modificase o derogase los apartados 2 y 3 del mencionado decreto por considerarlos contrarios al ordenamiento jurídico, en concreto por infringir la Ley General de Costas. Al no responder la Consellería de Medio Ambiente a este requerimiento, el 2 de noviembre la Administración central interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Galicia. Decreto permisivo El decreto modificado en el 2005 por la Xunta autorizaba «la construcción de edificaciones y otros usos residenciales en zonas que tengan la calificación de suelo urbano o suelo de núcleo rural en los instrumentos urbanísticos y se ajusten a la legislación vigente en materia urbanística que, además, deberán contar con la autorización de la Consellería de Medio Ambiente». En el decreto del 2004 se prohibía sin excepción alguna «la construcción de edificaciones o infraestructuras de cualquier tipo, incluida la apertura de infraestructuras viarias». La Xunta también autorizaba en el decreto recurrido por el Estado «infraestructuras viarias, portuarias, energéticas y de telefonía en las zonas que lo permitan los instrumentos de planificación del humedal y siempre con la autorización expresa de la Consellería de Medio Ambiente». En la redacción del decreto anterior, en consonancia con lo que establece la Ley de Costas, se preveía la absoluta prohibición de infraestructuras en los humedales protegidos.