El Hospital Xeral-Cíes de Vigo privó a una pareja del derecho a abortar Sanidade, que pagará 72.000 euros, dice que ahora se suele informar de las malformaciones
21 sep 2006 . Actualizado a las 07:00 h.La Xunta deberá indemnizar con 72.000 euros a una mujer a la que el equipo médico del Hospital Xeral-Cíes de Vigo no advirtió de que la hija que iba a alumbrar sufría graves malformaciones. Según recoge una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, la Consellería de Sanidade de la Xunta deberá abonar esa cantidad a los progenitores, como consecuencia de los daños morales que les originó el hecho de que se les privase de la opción de interrumpir legalmente su embarazo. La sentencia del Supremo corrige además una resolución previa del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que, al igual que habían hecho la Xunta y su Consellería de Sanidade, denegó la indemnización. La instancia judicial gallega consideró en el año 2004 que la posibilidad de que la pareja abortase no pasaba de ser una «mera especulación», al no poder asegurarse que la mujer habría interrumpido el embarazo de haber conocido las malformaciones del feto. Bien diferente es la visión del conflicto que tienen los padres, que en su recurso solicitaron la indemnización no por los daños físicos, sino por que se les hubiese privado «de una información trascendente para optar por la posibilidad de aborto», lesionando así la facultad de «autodeterminación». Su interpretación coincide con la realizada ahora por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que alude además a una sentencia anterior del Tribunal Constitucional. En ese precedente, la sala consideró que «sí podría existir un daño moral [...] en el caso de que se lesione el poder de la persona de autodeterminarse, lo que a su vez podría constituir una lesión de la dignidad de la misma». De este modo, el Supremo señala que los padres, que finalmente tuvieron una hija con malformaciones, no fueron en ningún caso informados sobre las evidencias médicas que revelaban lesiones en el feto, por lo que tienen derecho a recibir una compensación patrimonial por parte de la Xunta, estimada en 72.000 euros. «Siempre se informa» Después de hacerse pública la sentencia, en la Consellería de Sanidade aseguraron desconocer el caso concreto juzgado, pero afirmaron que en la actualidad no es posible que se produzca una reclamación similar. Según explican, hoy en día en los hospitales dependientes del Servizo Galego de Saúde (Sergas) «siempre se informa a los padres sobre la existencia de malformaciones». En Sanidade reconocen implícitamente el argumento utilizado por el Tribunal Supremo, al asegurar que la información debe ser facilitada a los padres para que estos no se vean privados del derecho a decidir si se interrumpe el embarazo.