Análisis | Las indemnizaciones por la catástrofe El adelanto de las compensaciones permite a los afectados seguir personados en el juzgado de Corcubión, pero no beneficiarse económicamente de la ejecución de la sentencia.
26 jun 2003 . Actualizado a las 07:00 h.El real decreto aprobado la semana pasada por el Gobierno para adelantar las indemnizaciones del Fidac por la catástrofe del Prestige tiene la ventaja de resarcir a los afectados de forma prácticamente inmediata para evitar situaciones como la que sufrieron los damnificados del Mar Egeo . No obstante, aún debe desarrollarse el modelo práctico para peritar los daños y efectuar los pagos. ¿Hay que renunciar a las acciones judiciales por lo penal para percibir las indemnizaciones? El decreto no aclara, porque se presupone, que el derecho a emprender o personarse en una causa penal es irrenunciable. Sin embargo, si se aceptan las condiciones del contrato con el Estado para recibir el 100% de las compensaciones, el firmante no podrá beneficiarse de las consecuencias civiles de la sentencia. En otras palabras, si se declara a la Administración responsable civil subsidiaria de la catástrofe, sería imposible que se beneficiaran de las indemnizaciones quienes cobraron por adelantado. En cualquier caso, no se cuestiona su derecho a continuar personados en el sumario de Corcubión. Al subrogarse al Estado, lo que se cede son los derechos a presentar otro tipo de reclamación judicial o extrajudicial. 2 ¿Es más ventajoso esperar a los pagos del Fidac o ceder los derechos al Estado? La aceptación de las condiciones del decreto es voluntaria y depende de los intereses particulares de los afectados. No obstante, por el momento parece más ventajosa la propuesta de la Administración, pues ahorra los engorrosos trámites ante un organismo internacional muy burocratizado. Además, el Gobierno, tras el peritaje, se compromete a compensar el 100% de los daños probados, mientras que el Fidac, de momento, tan sólo abona el 15%. 3 ¿Es posible volverse atrás tras aceptar el acuerdo? Según diversas fuentes, no parece factible, al tratarse de un acuerdo transacional con valor de contrato. Si la reclamación ya ha sido presentada al Fidac, lo más lógico sería retirarla. No obstante, se puede conservar la demanda en el Fidac y, una vez abonado el porcentaje por el organismo, el Estado completaría la diferencia. 4 ¿Son revisables al alza los 160 millones previstos para las compensaciones? La cifra podría ser ampliada si se observa que es insuficiente para compensar a todos los damnificados. No obstante, fuentes gubernamentales estiman que los daños a particulares están en una horquilla de entre los 75 y los 100 millones de euros. Lo que es inamovible es el plazo para suscribir el acuerdo, que finaliza el 31 de diciembre. Es decir, que se tendrían en cuenta los daños producidos hasta esa fecha y no los hipotéticos que se detecten con posterioridad como, por ejemplo, la posibilidad de que el fuel hubiera influido en la capacidad reproductora de ciertas especies. El director de la oficina del Comisionado para el Prestige , Domingo Menéndez, está convencido de que, antes de fin de año, «se conocerán el 99% de los daños». 5 ¿Qué va a suceder con las ayudas mensuales? El decreto no aclara cuál va a ser el tratamiento que va a darse a las ayudas mensuales que recibieron los afectados poco después de la catástrofe. Sí da alguna pista importante: la valoración de los daños se realizará conforme a los convenios internacionales de compensación por episodios de contaminación. En este marco legal, lo habitual sería considerar estas ayudas como ingresos corrientes que habría que descontar a efectos de calcular el lucro cesante (lo que el afectado deja de ingresar por la falta de actividad). A falta de la normativa que desarrolle el decreto, todo indica que sólo cobrarían aquellos afectados que demuestren que su lucro cesante es superior a las ayudas que recibieron del Gobierno. No obstante, fuentes del Ejecutivo aseguran que los detalles particulares sobre este punto surgirán en la negociación del acuerdo y aventuran que habrá «posiciones intermedias en determinados casos, siempre buscando el equilibrio». La posibilidad de que el Estado declare que estas compensaciones se realizaron a fondo perdido es prácticamente nula, ya que el propio Fidac las considera un adelanto de las indemnizaciones. No obstante, las espadas están en alto y habrá que esperar al desarrollo de la normativa. En cualquier caso, este problema no afectaría a quienes cobraron un sueldo en la limpieza del chapapote. ¿Cómo se va a realizar el peritaje de los daños? Este es uno de los aspectos que el Gobierno deberá detallar en los próximos días. Para evaluar los daños de los afectados que acepten sus condiciones, el Estado debe asumir el reto de prescindir de la infraestructura de peritaje con la que cuenta el Fidac. El problema es qué funcionarios o expertos externos se encargarán de una labor tan compleja y en la que la Administración apenas tiene experiencia. No obstante, este y otros aspectos prácticos sobre la forma en que se efectuarán los pagos quedará regulada en una normativa que ya está siendo elaborada.