Como titular de uno de los cinco juzgados de Primera Instancia de Pontevedra, el decano de los jueces conoce de primera mano el drama de los desahucios. Ignacio de Frías Conde deja claro que la nueva ley carece de retroactividad, solo «vamos a aplicar la norma a los procesos en trámite. En aquellos en los que ya pasó el plazo del deudor para oponerse se le concede un mes para formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de nuevas causas, que básicamente se refieren a la supuesta existencia de cláusulas abusivas».
-¿Qué recurso le queda a cualquier persona que ya ha sido desalojada de su casa y descubre que en su hipoteca existían cláusulas abusivas?
-La ley no es retroactiva, otra cosa son las acciones que se puedan ejercitar derivadas... Si se detectan con posterioridad, un perjudicado puede ejercitar una reclamación. El que está fuera, está fuera. No le van a devolver su casa.
-Una de las novedades de la normativa, en todo caso, es que establece que los jueces analizarán de oficio si existen o no estas disposiciones.
-Es la principal novedad de la ley, impuesta por la sentencia del Tribunal Europeo. También cabe la revisión a instancia de parte.
-¿Cuáles son las cláusulas abusivas más comunes?
-La cláusula de la que se da un parámetro en esta reforma, a la que se refiere expresamente, es la de limitar los intereses de demora de la vivienda habitual. Se establece un parámetro del que se carecía, la lástima es que este parámetro no se establezca para otros supuestos. En las cláusulas suelo, en lugar de dar un criterio de abusividad, se prevé que en las escrituras de contratación de los préstamos hipotecarios se exija, junto a la firma del cliente, una expresión manuscrita en los términos que determine el Banco de España por la que manifieste que ha sido advertido de los posibles riesgos derivados del contrato. No dice que sean abusivas, sino que el notario debe hacer constar que el prestatario asume ese riesgo.
-En todo caso, parece que queda a criterio del juez determinar si una disposición es desproporcionada o no.
-Sí, han tenido que esperar a que llegase el Tribunal Europeo para decirnos lo que ya sabíamos. Sigo echando en falta un debate social en el que el Gobierno entre. Puede haber cláusula abusivas no solo en los préstamos hipotecarios, sino en cualquier contratación entre empresarios y consumidores, en préstamos, créditos o, incluso, en la financiación de una enciclopedia para tener en casa.