Condenan al Banco Santander a devolver a un cliente activos adquiridos al Popular

FERROL

ANGEL MANSO

La jueza concluye que no se había informado bien al cliente y que la situación de la entidad era peor de lo que se decía

21 may 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol ha condenado al Banco Santander a reintegrar la suma de 8.073 euros, con los oportunos intereses, a un ferrolano que había adquirido valores al Popular. De esa cantidad se detraerá el importe de los dividendos que pudo haber percibido el demandante, que estuvo asistido en este procedimiento judicial por el abogado Javier Díaz Mosquera, con despacho en Ferrol.

En el fallo judicial, la magistrada considera probado que el Santander, como sucesor del Banco Popular, está obligado a restituir lo invertido al demandante, en base a una serie de consideraciones. Entre otras cuestiones, la jueza concluye que, además de no haber informado convenientemente al cliente de los riesgos que conllevaba la adquisición de ese producto, la situación económica de la entidad no era real, puesto que la previsión máxima de pérdidas era de 2.000 millones y, tras la aprobación de las cuentas anuales, se tradujo en 3.485 millones y un cargo de resultados de más de 5.500 millones de euros.

El demandante había solicitado la declaración de anulabilidad del contrato de fecha 28 de octubre de 2016 por vicio del consentimiento, en concreto por error y/o dolo, incumpliendo la normativa contenida en la Ley del Mercado de Valores. En el escrito alegaba que, por medio del contrato citado, había adquirido 8.000 títulos correspondientes a acciones del Banco Popular por un valor de 1,02 euros la acción, lo que representaba una inversión total de 8.073,74 euros.