El tribunal de la Gürtel condena a 19 acusados por lucrarse con la visita del papa a Valencia

Mateo Balín MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Los dos cabecillas de la trama Gürtel, Francisco Correa (izquierda) y Pablo Crespo conversan durante una sesión del juicio en el 2015
Los dos cabecillas de la trama Gürtel, Francisco Correa (izquierda) y Pablo Crespo conversan durante una sesión del juicio en el 2015 POOL

La sala concluye que los cabecillas de la trama se confabularon con el director de la televisión autonómica para repartirse 3,2 millones de euros

26 nov 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Catorce años después de celebrarse la visita del papa Benedicto XVI a Valencia, un acontecimiento del que se lucró la trama Gürtel y altos cargos de la Generalitat valenciana, la Audiencia Nacional dictó este miércoles sentencia. El tribunal condenó a penas de hasta 15 años de cárcel a 19 de los 23 acusados por la adjudicación ilegal al grupo Correa del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía con motivo del V Encuentro de la Familia, celebrado en julio del 2006.

En una sentencia de 556 páginas, los magistrados de la Sala Penal impusieron 13 años y siete meses de prisión al cabecilla confeso Francisco Correa; 15 años y cinco meses a su mano derecha, Pablo Crespo (secretario de organización del PP de Galicia entre 1995 y el 2003); seis años y nueve meses a su colaborador Álvaro Pérez, el Bigotes, y al exdirector de Radio Televisión Valenciana Pedro García; y 11 años y siete meses al vicepresidente de Teconsa, José Luis Martínez. El resto de acusados fueron castigados a penas que van desde los ocho meses al año y medio de prisión. Por el contrario, la sala absolvió a dos acusadas para las que la Fiscalía Anticorrupción retiró la acusación: Noemí Márquez y Alexandra Andrea Benesovsky, mientras que otros dos fallecieron, Juan Cotino y Luis Sabater, por lo que quedó extinguida su responsabilidad penal.

La sentencia, con ponencia de la magistrada María Fernanda García, acuerda aplicar la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada al haber transcurrido 14 años desde la fecha de los hechos y 12 desde la incoación de la causa y, en el caso de algunos acusados, las de reparación del daño y de confesión solicitadas por la Fiscalía. Además, se ha considerado que varios delitos se cometieron en concurso medial, por lo que, al penarlos por separado por ser más beneficioso para los acusados, las penas son más bajas que las solicitadas por las acusaciones.

De los 23 acusados, 11 reconocieron esencialmente los hechos y los 12 restantes los negaron, ejerciendo su legítimo derecho de defensa, si bien uno, Pablo Crespo, se acogió a su derecho a no declarar.

En cuanto a los pronunciamientos civiles, la sentencia condena a la Fundación V Encuentro Mundial de la Familia como partícipe a título lucrativo, aunque declara extinguida la obligación de pago por encontrarse liquidado tanto este ente como RTVV.

Una mordida millonaria

La Audiencia Nacional considera que hubo una «adjudicación directa» por parte del director general de la Radio Televisión Valenciana a favor de la empresa interpuesta por el grupo Correa, la constructora Teconsa, del contrato de servicio «con clara finalidad de enriquecimiento ilícito por el sobrecoste del importe pagado: 3,2 millones de euros.

El contrato se firmó por un precio excesivo a la elaboración formal del expediente administrativo, con la colaboración de los empleados públicos del ente, y se adelantaron los trámites esenciales con el fin de dotar de apariencia de legalidad e incurriendo en sucesivas infracciones de la normativa administrativa. Con posterioridad, continúa la sentencia, el importe cobrado de la RTVV por Teconsa se canalizó hacia los distintos beneficiarios a través de un entramado de facturas ficticias e irregulares abonadas por la constructora, y que esta procedió a deducir en los correspondientes impuestos.

Hubo un concierto, concluye la sala, entre Correa, Crespo, Pérez y García para que la contratación se realizara a favor de la empresa interpuesta por la trama.