Sospechosos, pero no acusados

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

La imputación no implica que se les inculpe por la comisión de un delito ni que vayan a ir a juicio, algo para lo que el Supremo debe pedir el suplicatorio

18 feb 2015 . Actualizado a las 04:00 h.

La complejidad del caso de los ERE, cuya investigación abarca 140.000 folios en 243 tomos, y la ambigüedad del término imputado, crean cierta confusión sobre la situación judicial de Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

¿Por qué se investiga a Chaves y Griñán?

En su escrito ante el Supremo, la jueza Mercedes Alaya, instructora del caso de los ERE fraudulentos, señala que tanto Chaves como Griñán participaron «en la instauración y mantenimiento» del procedimiento irregular diseñado para utilizar las transferencias de financiación en vez de subvenciones para pagar ayudas «de forma absolutamente libérrima» a empresas y personas afines a los sindicatos y al PSOE. Un procedimiento que, según la jueza, fue una decisión «política» para eludir los controles que era «imposible que desconocieran» a tenor de las responsabilidades que ocupaban.

¿Están imputados Chaves y Griñán?

Sí. Sin ningún genero de duda, ya que el propio juez Jorge Barreiro ordena en su auto que se cite a cada uno de ellos «en calidad de imputado», al igual que al resto de los citados. En su caso, se les convoca «en relación con los actos realizados en el desempeño de sus funciones». Aunque solicitaron declarar voluntariamente, el juez no hace ninguna mención a ello en el auto.

¿Qué significa que el juez les cite en calidad de imputados?

Aunque tanto Chaves como Griñán insistían ayer en que su situación no ha cambiado en nada, el paso dado por el juez es relevante, al margen de que no les impute por el momento la comisión de un delito. Entre otras cosas, ahora pueden mentir en su defensa, cosa que si fueran citados solo como testigos les acarrearía un delito de falso testimonio. Por otra parte, si no acudieran a declarar serían detenidos. Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su Título VI, Capítulo 1 (De la citación) y Artículo 486, «la persona a quien se le impute un acto punible deberá ser citada solo para ser oída». Según los artículos 118 y 118 bis, los esgrimidos por la juez Alaya para que el Supremo imputara a Chaves y Griñán, «toda persona a quien se impute un acto punible podrá ejercitar el derecho de defensa, actuando en el procedimiento, cualquiera que este sea, desde que se le comunique su existencia». «Y del mismo modo que en el artículo anterior se procederá cuando se impute un acto punible contra un diputado o senador». El Gobierno impulsa, no sin polémica, una reforma de la ley para que el término imputado se sustituya por el de «investigado» o «sujeto pasivo». Según los especialistas consultados, en términos más vulgares estar imputado supone un grado más que ser sospechoso de la comisión de un delito, pero uno menos que estar acusado de ello.

¿Tiene que solicitar el Supremo el suplicatorio para imputarlos?

No. Solo sería necesario hacerlo, en el caso de Chaves al Congreso y en el de Griñán al Senado, en caso de que se decidiera procesarlos, inculparlos formalmente o en el de que se tomaran medidas cautelares contra ellos.

¿Qué dijeron en su día Susana Díaz y Pedro Sánchez ?

El 6 de noviembre del 2014, la presidenta de la Junta de Andalucía y líder del PSOE andaluz, Susana Díaz, dijo literalmente que «cualquier persona que resulte imputado por el Tribunal Supremo o por el TSJA va a tener que dejar el escaño». Díaz matizó después y señaló que «cuando los jueces imputen un delito a cualquier aforado del PSOE, en ese momento les voy a explicar que tienen que abandonar su escaño». El 21 de diciembre del 2014, el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, dijo literalmente lo siguiente, en referencia a Chaves y Griñán: «Yo creo que no van a ser imputados, pero si lo son, tendrán que asumir sus responsabilidades políticas. Tendrán que abandonar su puesto de diputado». Ayer, el PSOE corrigió esa afirmación para señalar que solo se les exigirá el escaño si se les imputa «algún delito».

Un golpe que llega en el peor momento para Pedro Sánchez y Susana Díaz

Aunque tanto los propios imputados como la dirección del PSOE intentaron transmitir ayer la impresión de que el auto del juez Barreiro no modifica en nada la situación anterior, lo cierto es que la imputación de Chaves y Griñán llega en el peor momento para los socialistas. A 33 días de que se celebren las elecciones andaluzas que la actual presidenta de la Junta, Susana Díaz, había planteado como una plataforma para legitimar un cargo que ocupa sin haber pasado por las urnas y una demostración de fuerza que la libere de la necesidad de pactar con IU, el hecho de que sus dos predecesores en el cargo sean imputados por la Justicia no favorece sus opciones, por más que las declaraciones de Chaves y Griñán no se vayan a celebrar hasta después de las elecciones. Su decisión de no reclamarles que abandonen el escaño pone también en duda su compromiso de romper con todo lo anterior y endurecer la lucha contra la corrupción. 

«Por delante de la ley»
Pero si a Susana Díaz le llega en mal momento esta imputación, igual o peor resulta  para el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, el momento escogido por el juez. Cinco días después del golpe de mano de Sánchez contra el secretario general del PSOE madrileño, Tomás Gómez, y seis después de que el propio Sánchez afirmara que «la política debe ir tres pasos por delante de la legalidad». El hecho de que no se vaya a reclamar a los imputados que asuman responsabilidades políticas no solo pone en cuestión ese compromiso, sino que da alas a Gómez y a sus partidarios para denunciar la injusticia de su situación.