El eurodiputado del Partido Popular Agustín Díaz de Mera no cometió un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial cuando, inicialmente, se negó a facilitar al tribunal del 11-M, ante el que declaró como testigo el pasado 28 de marzo, la identidad de un funcionario policial que le había revelado -según él- la elaboración de un informe policial en el que se relacionaba a ETA con los atentados del 11 de marzo del 2004 en Madrid. Así lo entiende la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en un auto notificado ayer, en el que acuerda el archivo de la denuncia tras declararse competente para investigar los hechos. Los magistrados analizan aquel episodio y concluyen que no ven «ilícito penal alguno», ya que el ex director se arrepintió a tiempo y el 3 de abril «aportó finalmente la identidad de su fuente de información en un momento procesal que permitió su interrogatorio por las partes». Solo este «arrepentimiento activo» -explica el fallo judicial- exculpa a Agustín Díaz de Mera de un delito de desobediencia grave a la autoridad. , pues su negativa inicial pasa a ser «irrelevante» después de su rectificación. Minutos después de conocer el archivo del caso, el eurodiputado, que el pasado mes presentó en el Parlamento Europeo más interpelaciones -unas cuarenta- que desde su llegada a Estrasburgo hasta el juicio del 11-M, expresó su «respeto absoluto por la decisión de la Justicia», según informaron diversas fuentes del Grupo Popular Europeo. El Partido Popular, por su parte, mostró su satisfacción con una sentencia que consideró «justa» sobre una «persona muy honorable, que respeta siempre las leyes». La decisión del Tribunal Supremo no ha pillado por sorpresa a la Fiscalía de la Audiencia Nacional. «Nosotros no habíamos pedido nada, el tribunal actuó por motu proprio», precisaron.