La Audiencia Nacional abre la puerta al tercer grado para Rodríguez Galindo

La Voz AGENCIAS | MADRID

ESPAÑA

El ex general fue condenado a 75 años de cárcel por el «caso Lasa y Zabala» El cambio de régimen penitenciario dictado por el juez le permitirá acceder a este beneficio

18 mar 2004 . Actualizado a las 06:00 h.

El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, ha modificado el régimen penitenciario del ex general Rodríguez Galindo, por lo que podrá pasar a tercer grado sin haber cumplido la mitad de la condena de 75 años de cárcel por el caso Lasa y Zabala . Rodríguez Galindo fue condenado por la Audiencia Nacional en abril del 2000 a 71 años de prisión por los secuestros y asesinatos en 1983 de los presuntos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, condena que el Tribunal Supremo aumentó en el 2001 a 75 años al apreciar el agravante de prevalerse del carácter público. Delitos de terrorismo Gómez Bermúdez argumenta su decisión al considerar, tras analizar ambas sentencias, «que el interno no ha sido condenado por delitos de terrorismo ni cometidos en el seno de una organización criminal, por lo que no le afecta la prohibición de aplicación del régimen general de cumplimiento». Por tanto, considera que se puede aplicar el precepto del Código Penal que establece que el juez de vigilancia, previo pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, y valorando las circunstancias personales del reo y su evolución, «cuando no se trate de delitos de terrorismo (...) cometidos en el seno de organizaciones, podrá acordar razonadamente, -oídas todas las partes-, la aplicación del régimen general de cumplimiento». Añade, que en el presente caso, «el pronóstico de reinserción social es mayoritariamente favorable», al tiempo que se recuerda que el ministerio fiscal pide la concesión del tercer grado «de lo que se deriva que no se opone a la aplicación del régimen general». Por otra parte, explica que ninguna de las acusaciones particulares ni populares personadas en el caso Lasa y Zabala han efectuado alegación alguna. El pasado 19 de diciembre, Gómez Bermúdez rechazó conceder el tercer grado -el preso sólo pasa en prisión las noches y tiene los fines de semana libres- a Galindo, pero propuso que se iniciara un procedimiento en el que se valoraran, entre otras, las circunstancias personales del reo y su evolución, para determinar si procedía aplicarle el régimen general de cumplimiento de la pena, tal y como se ha acordado finalmente. La resolución del juez central de Vigilancia Penitenciaria no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde que fue notificada a las partes.