El Supremo traslada al Parlamento vasco la decisión de disolver Batasuna

Alfonso Torices MADRID

ESPAÑA

El tribunal remite la sentencia a todas las instituciones, en un auto que insta a su aplicación La falta de mandato explícito reabrirá el agrio debate sobre las competencias de carácter jurídico

10 abr 2003 . Actualizado a las 07:00 h.

El Tribunal Supremo deja en manos del Parlamento vasco y de las demás instituciones representativas -también las de Navarra- la decisión de disolver o no los respectivas agrupaciones políticas de Batasuna. El alto tribunal acordó ayer remitir la resolución judicial que proscribió la coalición, acompañada de un auto en el que aclara que lo hace «a los efectos legales oportunos», pero en el que no ordena de manera concluyente que disuelvan los grupos formados por los electos de este partido. El escrito se envía a los dos gobiernos y parlamentos autonómicos, a las juntas generales de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, y a todos los ayuntamientos. Primera medida Es ésta la primera medida que toma la sala del 61 para ejecutar su fallo. Sin embargo, los magistrados no discutieron los escritos en los que la fiscalía y la Abogacía del Estado le dicen cómo desean que se aplique, y que abordarán en sesiones posteriores. Pedían al Supremo que ordenase la disolución de los grupos batasunos y que nombrase técnicos para la búsqueda y liquidación del patrimonio del partido ilegalizado. El Gobierno interpreta que el cese inmediato de actividades no sólo se refería a Batasuna, EH y HB (su inscripción en el registro ya fue cancelada por Interior) sino también a sus grupos y al paso de sus miembros (parlamentarios, junteros o ediles) al grupo mixto; caso de Sozialista Abertzaleak.Sin embargo, el Ejecutivo vasco ya anticipó que, tras una lectura extraoficial, no había encontrado obligación alguna de disolución. Defiende así el análisis realizado en septiembre por el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, que dio la razón al Parlamento vasco al considerar que partido y grupo parlamentario son dos realidades jurídicas distintas y que la competencia sobre el segundo corresponde exclusivamente a la institución que lo legitimó.Sólo se cumplió en el Parlamento navarro, en las Juntas Generales de Álava y en el Ayuntamiento de Vitoria, entes con mayoría de PP y PSOE, que coinciden con el Gobierno en la interpretación de la sentencia. La falta de mandato explícito en el auto del Supremo provocará debates en cada institución que se solventarán según las mayorías políticas. La sala del 61 podría verse obligada a emitir un pronunciamiento concreto.El tribunal también envió el fallo a la Junta Electoral Central, y cumple así una de las peticiones de la Abogacía del Estado.