El Constitucional rechaza ampliar la baja maternal a una mujer que tuvo un hijo con un presidiario

La Voz REDACCIÓN

ECONOMÍA

SANDRA ALONSO

Alega que se trata de una familia biparental, aunque uno de los progenitores no cumpla los requisitos para disfrutar del permiso por nacimiento

17 nov 2025 . Actualizado a las 19:17 h.

El Tribunal Constitucional rechaza que una mujer que tiene que criar sola a su hijo en el momento en que este nace porque su pareja está en prisión tenga derecho a disfrutar de un permiso ampliado de maternidad, que el tribunal sí reconoce a las familias monoparentales.

El caso analizado es el de una trabajadora vasca que en el 2021 tuvo un hijo con su pareja, que llevaba desde el 2009 encarcelado. Aunque el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sí le reconoció el derecho a disfrutar las 16 semanas que hubiesen correspondido al padre, el Tribunal Supremo aceptó el recurso presentado por la Seguridad Social y revocó el derecho a disfrutar de una prolongación de la baja maternal, argumentando que los magistrados no pueden sustituir al legislador y modificar la regulación de estos permisos para crear un traje a medida de cada realidad familiar.

En su resolución, el Constitucional explica que, a diferencia del precedente en que sí concedió esa ampliación del permiso, en este caso no estamos ante una familia monoparental, sino biparental, «en las que los dos progenitores tienen una expectativa de suspensión del contrato de trabajo y prestación por nacimiento y cuidado de hijo, que se podrá materializar si se cumplen las condiciones de disfrute de la prestación». Si «las concretas situaciones personales, familiares y profesionales que, deliberadamente elegidas o circunstancialmente asumidas» hacen que uno de los padres no pueda disfrutar del permiso no estamos, dice el tribunal, ante un caso de discriminación, sino de incumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para acceder al mismo.