Federaciones y escuelas expedirán las licencias de navegación recién llegadas

La Voz

ECONOMÍA

11 ene 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Una de las novedades de la nueva normativa es que desaparece el titulín, que será sustituido por una licencia de navegación, que podrán autorizar las federaciones y escuelas náuticas. Esta autorización permitirá gobernar embarcaciones de seis metros a dos millas de la costa y únicamente de navegación diurna. Además, no será necesario tener ningún título para manejar embarcaciones de motor de hasta cinco metros y una potencia de 15 CV en navegaciones de hasta dos millas del puerto. Tampoco será necesario ningún titulo para llevar embarcaciones a vela de hasta seis metros de eslora

El título de patrón de embarcaciones de recreo (PER) es el que más gana, permitiendo gobernar embarcaciones de hasta 15 metros a 12 millas de la costa. Pero realizando unas prácticas adicionales se autoriza a manejar barcos de hasta 24 metros y efecturar la navegación entre la península y Baleares.

Convalidación

La nueva normativa cumple además una vieja reclamación de poder convalidar parte del temario entre los títulos PNB y PER. Una vez superada la teoría para obtener la primera de las titulaciones, no será necesario repetirla para acceder al PER.

Los aspirantes dispondrán además de un mayor plazo, puesto que se incrementa hasta 24 meses el período para obtener el título desde la fecha de realización del examen o cualquiera de las prácticas. La formación en radiocomunicaciones sale del temario y estos conocimientos se impartirán en cursos en función del título que se desee sacar y las atribuciones. Las federaciones y escuelas náuticas podrán expedir además licencias para el gobierno de motos náuticas de la clase C.