El Gobierno prevé ahorrar 300 millones con el control de las bajas por la mutua
ECONOMÍA
Las entidades privadas las supervisarán desde el primer día y podrán proponer el alta
19 jul 2014 . Actualizado a las 07:00 h.Después de año y medio de tira y afloja con los agentes sociales y el colectivo de médicos, y una semana más tarde de lo que estaba previsto, el Consejo de Ministros aprobó ayer un paquete de medidas que incluye la reforma de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social -a través de un proyecto de ley que se tramitará en el Congreso- y también cambios en la gestión de la Incapacidad Temporal (IT), es decir, de las bajas laborales en su primer año de duración (utilizando un real decreto ley). Los cambios, acogidos con duras críticas por parte de los sindicatos, refuerzan el papel de las mutuas en el seguimiento de las bajas, que controlarán desde el primer día y para las que podrán proponer alta, aunque será el médico quien tendrá la última palabra, pues el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) actuará como mediador en caso de discrepancia. El Ejecutivo estima que las modificaciones permitirán un ahorro de 300 millones de euros, al reducir el absentismo injustificado. Entre las novedades aprobadas, destacan:
Control
Desde el primer día de baja. Hasta ahora, cuando un trabajador estaba de baja, la mutua podía realizarle el seguimiento cuando se prolongaba más de 15 días. Ahora el control será desde el primero, y si consideran que no está impedido para realizar su trabajo, las mutuas podrán enviar una propuesta -motivada- de alta médica a la inspección médica de los servicios públicos de salud.
Plazo
El alta seguirá decidiéndola el médico o la inspección. En caso de que la entidad privada considere que al empleado con IT debe dársele el alta, le comunicará simultáneamente a este y al INSS que ha enviado la citada propuesta al médico. La inspección, por su parte, tendrá que comunicar a la mutua y al INSS, en un plazo de cinco días hábiles, que emite el alta o que la deniega. En el nuevo texto legal no se incluye, como ocurría en su primera redacción, que el silencio administrativo -la falta de respuesta en un sentido o en otro- produjera el alta automática, medida a la que los sindicatos y también el Consejo Económico y Social (CES) se opusieron con contundencia.
En el caso de que el médico de familia desestime la propuesta de alta de la mutua o no responda en forma y plazo, la entidad privada podrá solicitarla al INSS, que deberá contestar en cuatro días.
Régimen transitorio
Seis meses de margen con plazos mayores de respuesta. Respecto a los citados plazos de contestación, el decreto incluye un régimen transitorio de seis meses para que comiencen a aplicarse. En ese tiempo los facultativos tendrán 11 días para contestar a la mutua y el INSS, ocho.
Suspensión de la prestación
Cuatro días para justificar la ausencia a un reconocimiento. Otra de las modificaciones de la nueva normativa es que si un trabajador de baja no acude a un reconocimiento, ya sea del médico de cabecera, la inspección o la mutua, tendrá cuatro días de margen para justificar dicha ausencia y no causará un alta inmediata, aunque la prestación se le suspenderá cautelarmente desde el día del incumplimiento. En caso de que quede debidamente justificado, se le restituiría desde el primer día de suspensión. En caso contrario, se le retiraría definitivamente.
Cambios organizativos
Más control de las reservas de las mutuas y transparencia en su organización. El proyecto de ley, por su parte, aclara la naturaleza jurídica pública de los recursos económicos que financian a las mutuas y de las prestaciones que dispensan y, según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, aumenta la transparencia en su gestión.