El Gobierno espera reducir la deuda empresarial en 130.000 millones

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

Los cambios aprobados en la ley concursal facilitarán las refinanciaciones y evitarán concursos

08 mar 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El Consejo de Ministros dio ayer luz verde al decreto ley por el que se adoptan, por la vía de urgencia, medidas de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Con la batería de cambios aprobados, el Ejecutivo espera que dicha deuda empresarial se reduzca en un mínimo de 130.000 millones de euros, ya que, según fuentes de Economía, su porcentaje está actualmente en el 130 % del PIB y confían en que caiga al menos en un 10 %.

El decreto actuará en una doble vertiente: por un lado, posibilitará que empresas viables, pero asfixiadas por el nivel de deuda, puedan renegociarla y evitar el concurso, que en más del 90 % de los casos termina en la liquidación; y por otro, dará facilidades a la banca para cobrar los créditos, además de flexibilizar el modo en que estos se computan, aligerando las provisiones exigidas. Todo ello redundará en la generación de actividad y crecimiento económico, aseguran desde el ministerio.

Entre las novedades que introduce la nueva normativa destacan las relativas a la Ley Concursal, reformada en el 2011, especialmente en lo que respecta a la fase del preconcurso:

Refinanciación

Quitas y capitalización. El decreto modifica el régimen de los acuerdos de refinanciación homologados judicialmente -es decir, refrendados por el juez-, que podrán incluir quitas y capitalización de la deuda, así como también aplazamientos de su pago, lo que en jerga concursal se conoce como esperas. Dichos acuerdos podrán extender sus efectos a los acreedores disidentes (los que no den su conformidad) si se alcanza una mayoría del 51 % (mayoría simple) frente al 55 % actual. Dicha mayoría se computa sobre el total de acreedores de pasivo financiero, lo que incluye también a los fondos buitre, que hasta el momento quedaban excluidos y que podían bloquear los acuerdos de quita o aplazamientos.

Evitar bloqueos

Nuevos porcentajes para adoptar acuerdos. Otra de las novedades es que se amplía de los actuales tres hasta los cinco años el aplazamiento para pagar la deuda, que se podrá convertir en préstamo participativo. Para ello será necesario que sea aprobado por el 60 % de los acreedores, cuando hasta ahora era el 55 %. Lo acordado, además, se podrá imponer al resto.

Con un 75 % de los acreedores será posible imponer quitas en la deuda, así como aplazamientos de entre cinco y diez años, y el canje de deuda en capital o créditos participativos.

Para el caso de créditos con garantía real, como las hipotecas, la mayoría exigida será del 60 % y del 80 % para extender los efectos del acuerdo a todos los acreedores en la parte del crédito que exceda del valor de la garantía o hasta el mismo.

Negociaciones

Acuerdos individuales. El empresario deudor podrá alcanzar acuerdos individuales de refinanciación con uno o más acreedores siempre que lo negociado no perjudique al resto de los acreedores y mejore la situación patrimonial de la empresa.

Impedir recapitalizar

Presunción de dolo del empresario. Se introduce la presunción de dolo o culpabilidad del empresario deudor si este se niega a permitir la recapitalización, sin justificación, cuando es la única salida. Además se le ofrece la posibilidad de recompra.

Dinero fresco

Los créditos se abonarán al vencimiento. Para incentivar la financiación adicional que permita la viabilidad de la empresa, el 100 % (hasta ahora era la mitad) de los créditos o ingresos hechos por el deudor o personas especialmente relacionadas se abonarán a su vencimiento, es decir, serán créditos privilegiados en caso de que se entre en concurso. La medida estará en vigor dos años.

Banca

Mejora de las provisiones. Se facilita que la banca acreedora convierta deuda en capital, permitiendo la liberación de provisiones, ya que la deuda sostenible no será considerada mora. El Banco de España tendrá un mes para adaptar su normativa.