El Gobierno quiere abolir la gratuidad de las libretas de ahorro de las cajas

S. E. MADRID

ECONOMÍA

XURXO LOBATO

La ley podría influir en las sentencias que obligan a cinco entidades a devolver la comisión de mantenimiento La Ley Financiera que prepara Economía incluye una cláusula que deroga la gratuidad de las cuentas de ahorro de las cajas. El Gobierno pretende que esta derogación se entienda como «tácita» desde 1977, lo que implicaría una aplicación retroactiva. Repercutiría en juicios seguidos contra Caixa Galicia, Caja Provincial de Pontevedra, La Caixa, Bancaja y Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), en los que se reclamaba a las entidades la devolución de las comisiones cobradas por mantenimiento de libretas.

03 may 2001 . Actualizado a las 07:00 h.

El Ejecutivo quiere acabar con la gratuidad de las cuentas de ahorro abiertas en las cajas. Para ello, prepara una Ley Financiera que aplicaría de forma retroactiva, desde 1977, y que supondría el fin de la cláusula de gratuidad fijada en el Estatuto de estas entidades. Estos cambios no son cuestión baladí, dado que cinco entidades fueron condenadas por juzgados de primera instancia a devolver a sus clientes el dinero que previamente les habían cobrado por depositar sus ahorros. Sin embargo, la aplicación de estas sentencias no tuvo lugar, debido a que juicios posteriores ante las audiencias provinciales liberaron a las cajas de la devolución, cuestión recurrida ante el Supremo por la Asociación de Usuarios de Banca (Ausbanc). La falta de actualización de la normativa ha dado lugar a esta disputa. Su regulación se contiene en un decreto de 1929 y en el Estatuto de 1933, que en su artículo 29 les otorga un «carácter benéfico social» e indica que «la admisión de los ahorros en estas instituciones será absolutamente gratuita». Esto quiere decir que las cajas no deben cobrar comisiones de administración a quienes tengan una libreta de ahorro, aunque sí pueden hacerlo por la prestación de servicios. Comisión de mantenimiento El problema es que las cajas inventaron un nuevo concepto, la comisión de mantenimiento, que en la práctica es la misma que la de administración, para justificar un pago que llega a las 1.200 pesetas anuales. Las diversas regulaciones a las que han estado sujetas las cajas no han derogado de forma explícita la cláusula de gratuidad. Entre esas leyes se encuentra un decreto de 1977, según el cual las cajas «podrán realizar las mismas operaciones que la banca privada». El Gobierno defiende ahora que la gratuidad quedó sin efecto al promulgarse el decreto de 1977, lo que podría influir en el Supremo al juzgar los casos abiertos. Pese a esta intención del Gobierno, el Banco de España y la propia Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) reconocieron la «ilegalidad» e «improcedencia» de las comisiones por administración de las cartillas. Un informe de la CECA de 1991 alude a la circular 156 de ese año del Banco de España, donde se señala la «ilegalidad e improcedencia del cobro por las cajas de ahorros de la comisión de administración en cuentas de ahorro».