El Concello, corresponsable de una muerte en el karting del 95

REDACCIÓN LALÍN

LALÍN

La Audiencia añade el Ayuntamiento de Lalín a los anteriores condenados La sala tercera de la Audiencia provincial de Pontevedra consideró al Copncello de Lalín corresponsable en los hechos que causaron la muerte de un espectador durante el Karting del Deza celebrado en la villa en 1995. La Audiencia condena al concello y a su aseguradora estimando parcialmente un recurso de apelación y mantiene la responsabilidad de Escudería Silleda y su aseguradora. De este modo, la indemnización corresponde a los cuatro y no sólo a los dos últimos.

15 ene 2002 . Actualizado a las 06:00 h.

El proceso acaba seis años después de los hechos. Era el 14 de mayo de 1995. La Escudería Motor Silleda organizaba en un circuito urbano, en Lalín, el primer Karting del Deza, puntuable para el campeonato gallego. Un kart toca una paca de paja protectora y arrolla a tres personas, un niño, una señora y un anciano. Éste, Trino Lalín García de 80 años, falleció. Las demandas de los hijos se sucedieron contra la escudería y su aseguradora la Unión y el Fenix Español, el Concello y su aseguradora Catalana de Occidente, el conductor del vehículo y otros organismos más relacionados. En el primer juicio de faltas quedaron todos absueltos. En marzo de 1999 en el juzgado número uno de Lalín se falló un juicio civil condenando a la escudería y a su aseguradora a pagar once millones a los demandantes. El resto, absueltos. El fallo fue apelado y la sección tercera de la Audiencia de Pontevedra estimó parcialmente el recurso manteniendo la condena anterior a la escudería y su aseguradora y sumando a la misma al Concello de Lalín y a la suya de modo que deben asumir la indemnización de modo solidario. Seis años después se cierra el asunto de las responsabilidades. La escudería y el Concello habían asegurado los riesgos de la prueba y no pagarán. Lo harán las aseguradoras. El tiempo transcurrido elevará la indemnización, por los intereses, a más de veinte millones.