Los nacionalistas aseguran que la legislación actual permite esta opción
01 feb 2014 . Actualizado a las 07:00 h.El BNG de A Estrada ha presentado una moción solicitando que se modifique la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y se reduzca el tipo de gravamen al 0,275 %. La ordenanza local en vigor fija en el 0,4 % el tipo mínimo para el IBI del casco urbano. Según el BNG, el artículo 72.5 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales dispone que en los concellos en los que entren en vigor nuevos valores catastrales de inmuebles urbanos resultantes de procedimientos de valorizaciones colectivas de carácter general será posible establecer -durante un período máximo de seis años- tipos de gravamen reducidos no inferiores al 0,1 %.
El gobierno estradense, amparándose en el apartado 2 del artículo 32 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario ha solicitado un incremento general del 10 % de los valores catastrales para así poder aplicar el tipo impositivo local mínimo en este momento -el 0,4 %- en lugar del 0,6 % al que obligaría la nueva normativa estatal por la antigüedad de la ponencia de valores local.
El BNG sostiene que este incremento del 10 % de los valores solicitado por el gobierno estradense da pie para modificar la ordenanza local y aplicar un tipo inferior al 0,4. Los nacionalistas proponen el 0,275 % porque entienden que con el se lograría un alivio en las economías domésticas y, al mismo tiempo, se respetaría el incremento del 20 % sobre el importe de la cuota del IBI del año 2011 al que obliga el Real Decreto-Ley 20/2011 para los años 2012 y 2013 y la posterior prórroga para los años 2014 y 2015, que fija como objetivo un incremento sobre la recaudación del 2011 del 10 % en los dos primeros años y otro 10 % en los dos siguientes.
Modificación urgente
Por otra parte, el BNG advierte al gobierno que, reduzca o no el tipo de gravamen, debe modificar la ordenanza reguladora del IBI para evitar que se siga aplicando un tipo del 0,6 %. Asegura que, de lo contrario, A Estrada habrá subido los valores catastrales un 10 % y tendrá que seguir aplicando igualmente el 0,6 %. Según el BNG, ninguna normativa legal recoge la reducción automática del tipo y, en cambio, la Ley Reguladora de Haciendas Locales dice que los concellos que se acojan al citado artículo 32.2 tendrán de plazo para aprobar y publicar el tipo de gravamen del IBI hasta el 1 de marzo. Para el BNG, esto confirma la necesidad de modificar la ordenanza con urgencia.