El penúltimo capítulo del caso Mónica Martínez

D. García A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA

CESAR QUIAN

La exconcejala todavía podría recurrir la obligación del reintegro de sus retribuciones al frente de Deportes si así se lo reclaman

01 jun 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Supremo inadmitió un recurso presentado por la exconcejala Mónica Martínez contra la anulación de su nombramiento como concejala de Deportes. La ex de Ciudadanos empezó el pasado mandato como miembro de esta formación y en septiembre del 2020 se incorporó al gobierno local del Partido Socialista, aunque como edila no adscrita.

La denuncia de la Marea, que concluyó con una sentencia que decreta que el nombramiento fue nulo, podría no haber llegado a su punto final todavía, ya que ahora queda por saber si la formación solicitará que se ejecute la sentencia —algo que parece probable porque consideran que el dinero «debe ser devolto de inmediato ao erario público»— y que el Ayuntamiento reclame el reintegro de las retribuciones que Martínez percibió a mayores como titular de Deportes y en comparación con lo que se le asignó como concejala no adscrita, unos 31.000 euros.

Este fallo del Supremo no admite recurso, aunque a Martínez todavía le quedaría una última vía para tratar de no tener que reintegrar estas retribuciones percibidas durante algo más de dos años, un cambio que «está prohibido», según la Ley de Bases de Régimen Local.

Casi tres años y medio después de que se presentase la denuncia, el caso lleva más tiempo abierto que el que Martínez estuvo al frente de Deportes, algo más de dos años, y podría no haber terminado.

Así, a la exconcejala todavía le podría quedar un último intento, si es que finalmente le reclaman estas cantidades. Así, se podría pasar de la vía judicial contencioso-administrativa a la social para dirimir esta cuestión económica.

Sobre este aspecto del reintegro de la diferencia entre su asignación salarial inicial y la que tuvo en Deportes existe un voto particular de un magistrado en la sentencia original. Este apoya que no procede el reintegro porque durante ese período contaba con un título jurídico y desempeñó labores para el gobierno local, que así los retribuyó, porque si no el Ayuntamiento habría incurrido en un «enriquecimiento indebido».

La incorporación de Martínez se pensó en su momento como un refuerzo para el gobierno local, aunque con el paso del tiempo finalizó como un movimiento negativo.