El TSXG desestimó el recurso de la mujer contra la orden que la obligaba a salir del país La brasileña alegó indefensión por no tener letrado durante el proceso de inmigración
19 may 2007 . Actualizado a las 07:00 h.?l Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la expulsión del país de Silvania M.R., la mujer que había sido condenada a un año de prisión por encubrimiento y omisión de socorro en el caso del llamado crimen de la catana. Éste ocurrió en agosto del 2003, fecha en la que apareció muerto en su casa de la Sagrada Familia el traficante de drogas de 59 años Luis Pallares Manso. Tres años después del asesinato, en noviembre del 2006, un jurado popular halló culpable a una mujer, a la que en aquel momento se le impusieron diez años de prisión, aunque fue absuelta la semana pasada por el TSXG. El mismo jurado consideró que Silvania M.R. no había participado en el crimen, aunque sí lo había ocultado y no había hecho nada por ayudar a la víctima, que recibió varias puñaladas, por lo que la condenó a un año de cárcel, aunque ya llevaba más de tres en prisión preventiva. Precisamente que se encontrase en la cárcel a la espera de juicio por el homicidio es uno de los argumentos que ahora, en relación con la expulsión del país por seis años notificada en diciembre del 2003, utiliza el tribunal para desmontar los argumentos de la mujer. Ésta había presentado fuera de plazo un recurso contra la orden de salida de España alegando indefensión y vulneración de las garantías y derechos constitucionales de los extranjeros, ya que, siendo su lengua el brasileño, no se le había facilitado intérprete ni designado letrado. Por contra, el TSXG recuerda que el proceso por estancia ilegal en España coincidió con el momento en el que estaba imputada por el crimen y, por tanto, tenía abogado. Subraya que resulta «cuando menos insólito» que no le hubiese comunicado al letrado la notificación de la expulsión. Silvania M.?R. se encontraba la semana pasada en paradero desconocido.