La Audiencia condena el expolio realizado en la parroquia arteixá Las lagunas de la antigua ley hipotecaria permitían realizar este tipo de trampas
22 sep 2006 . Actualizado a las 07:00 h.La Audiencia Provincial acaba de ratificar una sentencia en la que se exige a su verdadero propietario la devolución de una finca en Suevos denominada Ladrido. Como éste, ya son varios los terrenos que fueron expoliados en la parroquia arteixá y que la Justicia ordenó su devolución. El último caso -una parcela de una hectárea- es calcado a otros que también terminaron en los tribunales. Los supuestos usurpadores siempre actuaron con idéntico modus operandi. Echaron el ojo a terrenos sin cuidar, olvidados por sus dueños, gente de ciudad o emigrantes que no los trabajaban y algunos nunca fueron capaces ni de acertar con su ubicación. Están a monte tras décadas de desidia, y eso lo aprovecharon algunos para inscribirlos como propios en el registro de la propiedad gracias a las lagunas que tenía la antigua ley hipotecaria. Uno de los ejemplos más claros es la Revolta de Outeiro, una finca que ocupa 3.700 metros cuadrados en San Martín de Suevos (Arteixo). Este terreno fue inscrito por primera vez en 1888 por Antonio Herbest del Río y disfrutado por sus descendientes hasta 1977, cuando decidieron venderlo a una familia coruñesa. Uno de los hijos de los últimos compradores heredó la tierra, pero sus ocupaciones no eran agrícolas y poco caso hizo a esa parcela. Sabía que el terreno existía, que le pertenecía y que una mujer, vecina de Suevos, lo trabajaba en calidad de arrendataria desde tiempos inmemoriales. Arrendamiento Los padres del actual propietario, en 1977, intentaron desahuciar a la mujer pero el juzgado número 2 de A Coruña no lo permitió. Así que la señora continuó explotando la finca hasta 1982, cuando, como arrendataria, se subroga ante notario en favor de su hijo. Va más allá, cuando en enero de 1987 regresó al notario y declara que, por herencia de su madre, es ella la propietaria de la finca. Y, no sólo eso, decide vendérsela a su hija por 2.400 euros. Un año después, gracias a las lagunas que ofrecía la antigua ley hipotecaria, inscribe el terreno en el registro de la propiedad. Pero no lo hace bajo el nombre de A Revolta de Outeiro, sino como Outeiro. Este caso se resolvió amigablemente. La mujer llegó a un acuerdo prejudicial y devolvió la finca y pagó una indemnización a su verdadero propietario. Aseguró que cuando inscribió el terreno desconocía que éste ya tenía otro dueño, volviendo así las cosas a su sitio.