19 nov 2004 . Actualizado a las 06:00 h.
La sentencia del TSXG, contra la que no cabe recurso, pone fin a un largo proceso judicial en el que la sucesión de sentencias por parte de los distintos órganos no acababa de satisfacer a ninguna de las partes implicadas en el contencioso. Quizá por ello, es especialmente significativa la explicación contenida en el quinto punto de los fundamentos jurídicos de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en la que se anuncia la no imposición de costas al Sergas al no apreciar «temeridad ni mala fe» en los distintos recursos presentados por el Servicio Galego de Saúde.