El TSXG ratifica que es privado un camino que el Concello de Vimianzo consideró como público

La Voz CARBALLO / LA VOZ

VIMIANZO

CESAR QUIAN

La cuestión litigiosa sobre este pequeño camino, sitiado al lado del acceso al lugar de A Calabanda, viene de lejos

08 sep 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El llamado Camiño do Ribeiro, en Pasarela (Calo, Vimianzo) es privado. El Concello de Vimianzo lo había considerado como público en una resolución del 26 de enero del 2018, que fue recurrida por un particular ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña, al entender que es privado, y el juez, en una sentencia del 3 de mayo del 2019, le dio razón, excluyendo su naturaleza pública.

El Concello recurrió ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y en una reciente sentencia, los magistrados han confirmado esa sentencia: es particular.

No solo eso: confirman también que el gobierno local ha podido incurrir en una desviación de poder, ya que «la única finalidad que perseguía el expediente era solventar una diferencia sobre propiedades entre dos vecinos -que además proceden de una finca originalmente única-», y que «no puede emplearse la potestad de una Administración territorial, como son los ayuntamientos, de investigación y recuperación de sus bienes, para intervenir en la resolución de cuestiones privadas particulares», que corresponden a la jurisdicción civil. Además, le impone al Concello soneirán las costas, con el límite de mil euros.

La cuestión litigiosa sobre este pequeño camino, sitiado al lado del acceso al lugar de A Calabanda, viene de lejos. Ya en un pleno de abril del 2015 se aprobó por unanimidad validar el expediente que pretendía la devolución al dominio público de ese camino, que en ese momento se identificaba como «ocupado» por un vecino. Todos estuvieron de acuerdo, pero los grupos opositores (entonces gobernaba Manuel Antelo) reclamaron igual diligencia en procesos de investigación similares.

En el recurso, el Concello de Vimianzo negó que se tratase de dilucidar una cuestión privada, que un particular pretendía colocar en él una pared, y que el resto de vecinos defendían su carácter público. El gobierno local también alegó que la vía seguía hasta el río, sin detenerse entre dos fincas, enlazando con otros caminos públicos.

Desviación de poder

La parte afectada indicó que sí existía desviación de poder municipal, usando una «potestad exorbitante» para dirimir una cuestión entre particulares, «inclinándose desde el primer momento hacia un lado». Añadió que las finca afectadas fueron en su día una sola, y que una de ellas está cerrada en la zona del gallinero desde hace más de 30 años». También citó las «respuestas evasivas e incongruentes» de los técnicos municipales, o que al menos tres testigos declararon en vía administrativa que no existe tal camino.

Los jueces recuerdan que el juez de lo Contencioso-Administrativo ha apreciado desviación de poder, que la investigación se acotó a «un espacio limitadísimo», que un tramo está lejos del río o curso de agua al que en teoría debería su nombre, que es una cuestión de lindes o vecindad civil, que una técnica o el arquitecto dijo que es un conflicto particular, o que la vía comienza y muere entre dos fincas, entre otros aspectos.