Pena de prisión por falsear un albarán de la compra de pulpo en Corcubión

Cristina Viu Gomila
Cristina Viu CARBALLO / LA VOZ

CORCUBIÓN

La detención ocurrió en las inmediaciones de la lonja.
La detención ocurrió en las inmediaciones de la lonja. J.M. Casal< / span>

El acusado, de Fisterra, presentó un recurso contra la condena, pero fue rechazado

29 ene 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha confirmado la pena de siete meses de prisión que el juzgado de lo penal número 4 de A Coruña impuso a un vecino de Fisterra por un delito de falsedad en documento mercantil. En ese sentencia se le consideraba «penalmente responsable» de los hechos, aunque se le apreció un atenuante de «dilaciones indebidas».

Contra esta decisión no cabe recurso ordinario, por lo que lo más probable es que el fisterrán acabe teniendo antecedentes y que una nueva condena lo lleve a la cárcel. Y todo ello por no llevar en su furgoneta más de dos toneladas de pulpo mientras que en el albarán figuraba menos de la mitad.

Los hechos ocurrieron en el mes de octubre del 2010. En un control por tierra del Seprona y los guardacostas fue detenido cerca de la lonja de Corcubión un fisterrán en cuya guía de transporte aparecía menos de la mitad del pulpo que realmente transportaba.

Imputado no detenido

En la sentencia se explica que el ahora condenado compareció en calidad de imputado no detenido en las dependencias de la Guardia Civil de Corcubión, a las 17.28 horas del día 26 de octubre. Los agentes «procedieron a informarle de los hechos y de sus derechos, manifestando querer ser asistido por un abogado, personándose este a las 18.27 horas».

Sin embargo, «mientras se esperaba la llegada del abogado por el imputado, este manifiesta espontáneamente que el albarán original se encuentra en la cofradía». Allá se fue al agente que actuó de secretario, «incautándose del mismo de manera cautelar para la inclusión en las presentes diligencias».

Ahí está precisamente el quid de la cuestión, tanto para la condena como para la desestimación del recurso de apelación contra la sentencia dictada el 11 de febrero del 2014 en la que además de los siete meses de cárcel se le impusieron otros tantos de multa con cuota diaria de 5 euros, alrededor de 1.000 euros, a los que había que añadir los que perdió en el año 2010 con el decomiso de los poco más de 900 kilos de cefalópodo, que entonces valoró en unos 3.000 euros.

El abogado del fisterrán pretendía demostrar en la apelación, que el documento «sobre el que se afirma recaer la falsedad documental habría sido obtenido de un modo ilícito» porque estaba imputado precisamente por falsedad y no tenía defensa en ese momento. Sin embargo, la Audiencia no aprecia que se «haya vulnerado el precepto constitucional, que ampara a las personas detenidas, garantizándoles una serie de derechos como el de ser informada inmediatamente y de forma de que comprenda las razones de su detención», de no declarar y se ser asistido por un abogado.

Actuación impecable

Sin embargo, «la actuación de la Guardia Civil fue impecable» porque recabó de manera inmediata la presencia del abogado solicitado por el imputado, que se presentó en menos de una hora. También considera el tribunal que actuaron correctamente cuando, «ante la afirmación espontánea ( y por tanto no sugerida ni fruto de la compulsión policial) del lugar en el que se encontraba el albarán original, se dirigieron al misma para incautarlo y aportarlo a las diligencias».

Decisión elogiable

Redunda la Audiencia en que el acusado, que no estaba detenido, fue totalmente libre a la hora de tomar la decisión, antes de que llegara su abogado, de señalar el lugar en el que estaba el documento, «decisión por otra parte elogiable dada la contribución que supone a los intereses de la administración de justicia».

También intentó el abogado eludir «la responsabilidad criminal sobre la base de un pretendido error en la consignación de la cantidad de pulpo vendida» y añade «el hecho de haber sido sancionada la cofradía en vía administrativa por parte de la Consellería do Medio Rural e do Mar», pero esta vía estaba «abocada al fracaso, pues en nada incide sobre la necesidad de haberse constatado la comisión de un delito que, tras haber sido objeto de investigación, merece la correspondiente sanción penal».

La semana que ocurrieron los hechos los guardacostas y el Seproba se incautaron en Corcubión de 931 kilos de pulpo y 123 de almeja y se incautó de 8 equipos de buceo y de 72 nasas.