Multa de 3.000 euros para una empresa por carecer de servicio de limpieza y desinfección de uniformes de trabajo

CARBALLO

El Juzgado de lo Social 4 de A Coruña ha sentenciado, en primera instancia, a una compañía, que desarrolla parte de su actividad en la comarca de Bergantiños
12 abr 2025 . Actualizado a las 05:00 h.El Juzgado de lo Social 4 de A Coruña ha condenado a una empresa, que desarrolla parte de su actividad en la comarca de Bergantiños, al pago de 3.000 euros de multa por carecer de un servicio específico de recogida, limpieza y desinfección de uniformes de los trabajadores. La autoridad judicial ratifica la sanción impuesta en su día por Inspección de Traballo y la Seguridad Social. Contra este fallo, la compañía puede presentar recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Este proceso arrancó a finales del 2022 cuando ante Inspección de Traballo se presentó una denuncia contra esta compañía debido a que no contaba con un servicio de recogida y limpieza de uniformes, tal y como recoge la normativa de recogida, transporte y tratamiento de residuos.
Tres meses después se produjo una segunda inspección en las instalaciones. Según los técnicos, la empresa seguía sin haber realizado estas mejoras y decidió multarla con 3.000 euros. La gerencia recurrió alegando que las deficiencias habían sido subsanadas. Un juzgado condena ahora a la empresa a abonar esa sanción.