LA LEGISLACIÓN DEL OPOSITOR
08 jun 2001 . Actualizado a las 07:00 h.Uno de los problemas con los que se encuentran los concejales que están en la oposición es que no hay una legislación específica que regule los derechos y los deberes de los ediles que se encuentran en esta situación. Según informaba el secretario del Concello de Camariñas, Emilio Seijas, las reglas que rigen los comportamientos que deben tener los grupos de gobierno con el resto de miembros de la corporación se recogen en la ley de regimen local. Aunque no hay ningún punto en concreto que trate sobre la oposición. La legislación en este sentido es muy dispersa. En la zona tan sólo hay en A Laracha conflictos que han superado el ámbito plenario y que han llegado a los juzgados. Tanto PSOE como el BNG, han denunciado la conducta del PP. Locales Para uno de los asuntos más reclamados por los grupos en la oposición, un local, la legislación que hay es muy ambigüa. La norma que rige las corporaciones locales sólo dice que todos los partidos dispondrán de esta oficina, siempre y cuando haya disponibilidad en el Concello. El criterio de las preferencias y la disponibilidad quedan en manos, por tanto, de los jueces que serán los que considerarán si las instalaciones de los casas consistoriales tienen suficiente espacio.