Condenados tres cazadores por pegar a un vecino de Boiro que les pidió que no pegasen tiros cerca de su casa

La Voz RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

La sección sexta de la Audiencia Provincial tiene su sede en Santiago.
La sección sexta de la Audiencia Provincial tiene su sede en Santiago. PACO RODRÍGUEZ

En el juicio quedó probado que uno de los acusados tiró a la víctima al suelo y los otros dos  le propinaron patadas

22 oct 2025 . Actualizado a las 13:42 h.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago acaba de condenar a tres cazadores al pago de una multa de 540 euros al considerarlos culpables de un delito de lesiones por golpear a un vecino de Boiro que les llamó la atención por disparar a veinte metros de la vivienda en la que residía con su pareja en el lugar de Armada. Además, los imputados deberán indemnizar conjuntamente a la víctima con 429 euros.

En el fallo judicial se explica que los hechos tuvieron lugar el 22 de octubre del 2017 por la tarde, cuando un vecino alertó al denunciante de que tres personas estaban pegando tiros muy cerca de su casa, por lo que este fue a buscar a los cazadores para pedirle que se fueran. Sin embargo, en lugar de hacerlo, acabaron golpeándolo.

En concreto, en la sentencia se considera probado que uno de los acusados lo agarró del cuello y lo tiró al suelo, donde los otros dos sospechosos le propinaron patadas en varias partes del cuerpo y saltaron sobre su espalda. Como consecuencia de la paliza, la víctima sufrió un hematoma subcutáneo frontal izquierda y contusiones en un costado, un hombro, en el húmero, en una cadera y en una rodilla. Debido a las lesiones necesitó atención facultativa y tardó 11 días en curar de las heridas.

 Testigo directa

Los magistrados destacan que la prueba practicada en el juicio «no resultó suficiente para enervar la presunción de inocencia» de los acusados y también tiene en cuenta de que fue una pelea en inferioridad de condiciones, puesto que eran tres personas contra una sola.

En el fallo de la Audiencia Provincial también se descartó la tesis de la caída accidental que mantuvieron los procesados, pues quedó desvirtuada por la declaración de una testigo directa de los hechos.

La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).