La jueza aprecia en Lantero «poco interés en solucionar el conflicto»

Antonio Garrido Viñas
antonio garrido VILAGARCÍA / LA VOZ

AROUSA

Los trabajadores cumplieron ayer 101 días en huelga en el campamento de O Pousadoiro.
Los trabajadores cumplieron ayer 101 días en huelga en el campamento de O Pousadoiro. martina miser< / span>

La sentencia desestima la petición de que la huelga sea declarada ilegal

22 ene 2015 . Actualizado a las 05:02 h.

Tal y como se esperaba, poco ha tardado en hacerse pública la sentencia del juicio en el que se dirimía la legalidad o ilegalidad de la convocatoria de huelga indefinida de los trabajadores de Lantero. Aurelia Montenegro, magistrada sustituta del Juzgado de lo Social número 2 de Pontevedra, ha decidido desestimar la pretensión de la dirección de la cartonera.

La jueza, de hecho, lanza un pequeño tirón de orejas a la firma cartonera, en la que encuentra «poco interés» en solucionar el conflicto «al desistir ella misma de la mediación instada con fecha 14 de octubre de 2014». De hecho, afirma en la sentencia que «no se entiende» su posición cuando con fecha del 23 de octubre presenta escrito ante el Consello Galego de Relacións Laborais solicitando el desistimiento del expediente de mediación.

Dos eran los motivos en los que se basaba la petición de la dirección de Lantero para que la convocatoria de huelga fuera declarada ilegal. Por un lado, porque la decisión había sido adoptada «en una reunión popular abierta con asistencia de personas que no eran trabajadores y votación a mano alzada, además de no hacer entrega a la empresa de la comunicación a la autoridad laboral». Este argumento lo desmonta el fallo, que recuerda que el de huelga es un derecho fundamental contenido en la Constitución, puesto que considera probado la jueza que el paro fue convocado por el comité de empresa en la reunión del día 3 de octubre. Además, queda acreditado con la documentación aportada «que el acuerdo de declaración de huelga fue comunicado a la empresa el día 6 de octubre de 2014 y a la autoridad laboral el 5 de octubre cumpliendo así el plazo de preaviso establecido». Por ello, el primer motivo de ilegalidad «debe ser desestimado al quedar acreditado que la convocatoria de huelga fue acordada el día 3 de octubre por todos los miembros del comité de empresa».

El segundo motivo que apuntaba la empresa para solicitar la ilegalidad de la convocatoria es el laudo del 18 de julio de 2013 sobre el procedimiento de solución de conflictos colectivos a aplicar en el futuro, en el que se fija que «las partes someterán obligatoriamente cualquier conflicto colectivo, como mínimo con 72 horas de antelación a la convocatoria de huelga a una mediación a través del AGA». El fallo desgrana el citado laudo y concluye que «no se expresa, como indica la empresa en la demanda, que sea obligatoriamente la parte social la que deba someter el conflicto a mediación». Tampoco, continua la jueza, «se fija un plazo máximo sino que se indica como mínimo con 72 horas de antelación a la convocatoria de huelga». La magistrada sostiene que ha quedado acreditado que el comité de empresa intentó la mediación ante el AGA en enero de 2014. «Se intentó, ante el conflicto colectivo que mantenían las partes, la mediación instada por la parte social, la cual resultó sin acuerdo, por lo cual no pueden ser estimadas las pretensiones de la mercantil demandante en este aspecto, siendo en todo caso legal la convocatoria de huelga», explica.

Una vez conocida la sentencia, la dirección de la empresa mostró su respeto por el fallo y anunció su intención de recurrirlo. Para presentar el recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia tiene un plazo de cinco días.

Satisfacción en el comité

Los trabajadores, por su parte, expresaron su satisfacción. El presidente del comité apuntó que la sentencia refuerza su lucha y desmonta la pretensión de la dirección de la cartonera de dar «un golpe de efecto» con el regreso de los huelguistas a sus puestos de trabajo. Los servicios jurídicos del comité de empresa trabajan ahora en la presentación de la reclamación para que se anule el ERE que ha supuesto el despido de 48 de los empleados de Lantero.

La dirección de la empresa «respeta» el fallo y anuncia que

lo recurrirá