Piden un indulto parcial para un condenado por tener droga

La Voz LA VOZ | LUGO

A MARIÑA

La Audiencia le impuso inicialmente nueve años de cárcel El tribunal considera que la pena es excesiva y plantea la posibilidad de una sustanciosa rebaja

17 mar 2007 . Actualizado a las 06:00 h.

?a sala segunda de la Audiencia Provincial de Lugo interesó del Gobierno, la concesión de un indulto para un joven mariñano, Jorge Martínez Iglesias, que fue detenido con tres kilos de cocaína por considerar que la pena que el mismo tribunal le impuso, basándose en el Código Penal, es excesiva. De los nueve años de prisión que figuran en la sentencia, el tribunal pide que le sean rebajados a tres, «pues se estima que la pena impuesta resulta notablemente desproporcionada en relación con los hechos concurrentes» porque no se ha acreditado que «hubiese adquirido la droga para su posterior venta, ni acto alguno de venta, ni enriquecimiento alguno a consta de la sustancia incautada». Además de los nueve años de cárcel a los que fue condenado, la sala le impuso una multa de 150.000 euros. La sentencia declara como hechos probados que el procesado, Jorge Martínez Iglesias, sobre las 20 horas del día 23 de abril del año 2004 fue interceptado por agentes de la Guardia Civil de Viveiro en un control rutinario, a la altura del kilómetro 10 de la carretera C-540, en el municipio de Ourol, cuando viajaba de usuario en el vehículo conducido por su novia. La pareja se dirigía a Merille para ver a los padres de ella. Los agentes pudieron observar en el asiento posterior del vehículo una bolsa de mano que contenía algo más de tres kilos de cocaína. El procesado portaba en el bolsillo de su cazadora una balanza de precisión y 700 euros, sin que pudiese determinarse que el dinero procedía de la venta de la droga. En un registro llevado a cabo en el domicilio que Jorge compartía con su novia, en O Vicedo, entregó un neceser que tenía en el armario de su dormitorio y que contenía una cucharilla con restos de cocaína, así como 145 gramos más de esta sustancia. En la playa El tribunal consideró que no se podía acreditar que el acusado hubiese adquirido la droga. En el juicio dijo que la había encontrado en un fardo en la playa de Xilloi. La droga que tenía en su posesión hubiese alcanzado en el mercado ilegal un valor de 114.041 euros, la que llevaba en el vehículo y 14.894 euros la que poseía en casa. Dice la sentencia que resultó suficiente para la consumación del delito que la sustancia haya quedado sujeta a la voluntad del destinatario. En tal sentido, el procesado dijo que durante un período de 15 días tuvo la droga en casa, pensando lo que iba a hacer con ella, «llegando a tirar al inodoro una parte importante por hallarse en mal estado y separando otra cantidad, que fue ocupada en su domicilio para consumo propio». En algún momento, el acusado dijo que llevaba la droga en el coche con la finalidad de ocultarla en el monte mientras pensaba lo que iba a hacer con ella. El tribunal no estimó la atenuante de toxicomanía que planteaba la defensa, «puesto que en tales cantidades tiene escasa incidencia tal condición». Además, la prueba cromatográfica de la muestra de pelo reveló un resultado negativo tanto a opiáceos como a cocaína. Tampoco estimaron la atenuante de colaboración con las autoridades o sus agentes para impedir la producción del delito o identificación o captura de otros responsables porque la reducción de pena que conllevaría «está destinada a supuestos de colaboración que en modo alguno se han producido en este caso».