El alto tribunal lucense considera que el hecho fue simplemente una «violencia menor» El incidente ocurrió durante la visita que efectuó a la capital Mariano Rajoy en febrero del 2003
22 ene 2005 . Actualizado a las 06:00 h.La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo retiró la pena de cárcel que el Juzgado de lo Penal número 2 de lugo había impuesto al profesor universitario Bernardo Valdés Pazos, después de haber golpeado en un tobillo al jefe del dispositivo policial que controló la visita que Mariano Rajoy, por entonces vicepresidente primero del Gobierno, realizó a la capital lucense en febrero del año 2003. Durante la misma se produjeron diversos incidentes en los que participaron miembros de la plataforma Nunca Máis que protestaban por la actuación del Gobierno Central durante el hundimiento del petrolero Prestige . El juez que resolvió el caso, al igual que el fiscal, consideró que la actuación de Valdés Pazos, constituyó un delito de atentado a un agente de la autoridad y le impuso un año de cárcel, una multa de un mes a razón de 12 euros por día y una indemnización al policía de 400 euros. El fallo judicial había sido acogido con críticas por parte de diversos colectivos que consideraban muy grave la pena al entender que únicamente se había dado por buena la versión del agente y no la de numerosos testigos que señalaron que Valdés no había hecho nada. La representación legal del profesor universitario interpuso el correspondiente recurso de apelación y durante la celebración del mismo presentó una cinta de vídeo en la que fueron grabados parte de los incidentes. Ahora, la Audiencia dice que la filmación nada acredita porque sólo se ve al acusado y al policía en momentos posteriores a la salida de Rajoy de la sede de Caixa Galicia. Un golpe El fallo de la Audiencia dice que «o único que consta acreditado é que no curso dunha actuación de enfrontamento habida entre uns manifestantes, que reclamaban e reprochaban a actuación do Goberno pola catástrofe ecolóxica, e as forzas de seguridade do Estado que, en uso das súas competencias e atribucións, intentaban evitar que os manifestantes se aproximaran ata o vicepresidente do Goberno, se produciu un golpe que o acusado lle propinou ao funcionario de policía e que, consecuencia do mesmo, tal axente padeceu a lesión nun nocello». El alto tribunal reprocha al juez de instancia que no hubiese concretado si tal lesión «obedeceu a unha actuación illada e independizada que o acusado tivera producido respecto do axente ou ben estivera in situ e formando parte da actuación dos manifestantes que pretendían acudir ao lugar polo que saía o vicepresidente e as forzas que non querían que se rompera o cordón de seguridade que tiñan montado». «É obvio que esa inconcrección do feito probado, como tódalas dúbidas, deberá de ser actuada en favor do acusado e que, polo tanto, deberemos entender que se trata dunha «violencia menor» da que falaba o fiscal no seu informe e que, polo tanto, o seu reproche tamén deberá de ser menor; esto é, a consideración da acción do acusado como constitutiva dunha simple falta», destaca la sentencia de la Audiencia. Finalmente el fallo establece que Valdés es autor de una falta contra el orden público y que deberá pagar una multa de quince días a razón de doce euros diarios. Mantiene la indemnización establecida en la sentencia del juzgado de lo penal. El profesor, tras la resolución de la Audiencia se libra de la inhabilitación por un año que llevaba implícita la primera de las condenas. Apreciación lógica La Audiencia expresa que no tiene ninguna duda sobre la autoría del acusado porque la manifestación del agente fue inequívoca y fue apreciada por el juez de instancia, «e non sendo disparatada nin ilóxica tal apreciación, a ela teremos que suxeitarnos». El policía tuvo que ser asistido en un centro médico debido a las lesiones.