El acuerdo con el constructor Varela Villamor incluía cuatro unidades de actuación en la capital
12 feb 2010 . Actualizado a las 02:00 h.Entre los edificios singulares de la capital lucense está el conocido como chalé de Cobreros, entre Doctor Gasalla y Poeta Cabanillas. Entre quienes conocen bien el actual PGOU y el nuevo Plan Xeral de Ordenación Municipal, llama la atención el hecho de que el cambio de planeamiento parece que no hará posible que el citado inmueble acabe siendo un museo (sistema privado de obligada permanencia, para fines socioculturales), como se preveía en el convenio que su propietario (el constructor Varela Villamor, ya fallecido) firmó con el Ayuntamiento en 1990, al hilo de la aprobación del PGOU aún en vigor.
En el citado acuerdo, se incluía la unidad de actuación Centro Norte 12 (CN-12), que es la de los terrenos en la que se encuentra ubicado el chalé de Cobreros. El sistema de actuación fijado para esta unidad era el de compensación. Se establecía como sistemas privados de obligada permanencia una superficie de 410 metros cuadrados para zona verde y, para uso sociocultural, 475 metros cuadrados. Este última superficie corresponde al edificio, que debía de ser convertido en un museo de propiedad privada abierto al público.
En los medios antes apuntados se señala que en el PXOM, pendiente de aprobación definitiva, en el citado ámbito urbano, consolidado, desaparece el citado uso del edificio. Tampoco está prevista la expropiación. Por tanto todo parece indicar que el contenido del convenio quedará sin efecto, al menos en lo que afecta a la casa.
El pleno de la corporación municipal aprobó el citado convenio el 13 de noviembre de 1990. Votaron a favor 19 concejales de los grupos Coalición Progresista Galega (liderado por el entonces alcalde, Vicente Quiroga), Popular y Mixto. No hubo votos en contra y se abstuvieron los seis ediles del PSOE.
El convenio incluía también las unidades de actuación CN-9 (entre la avenida de A Coruña y la calle Milagrosa); CN-10 (entre Milagrosa y Curros Enríquez) y N-21 (Trapero Pardo con Leiras Pulpeiro).
El propietario se comprometía a ceder los terrenos para viales en cuanto entrase en vigor el PGOU y los destinados a dotaciones cuando estuviese en aplicación el planeamiento complementario; estos compromisos se mantendrían en caso de cesión de propiedad.