El Alto Tribunal señala que el entonces ministro era «un personaje público y político, que se hallaba en lugares públicos».
14 oct 2009 . Actualizado a las 15:49 h.El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el ex dirigente del PP Francisco Álvarez-Cascos contra la sentencia que absolvió a Telecinco por la emisión de un reportaje de su familia durante unas vacaciones en Lanzarote, ya que recuerda que era un personaje «público y político» que se hallaba en lugares públicos.
El ex ministro de Fomento considera que la grabación y emisión de imágenes de su pareja e hijos en el programa «Día a Día», en enero de 2004, cuando entraban en un hotel, mientras estaban en la piscina, en la playa y comiendo en un restaurante, vulneran los derechos a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio.
Un Juzgado de Madrid le dio en parte la razón en diciembre de 2004 y condenó a Gestevisión Telecinco y a la productora Europroducciones al pago de 120.000 euros, absolvió a la presentadora María Teresa Campos y ordenó la destrucción del reportaje por intromisión ilegítima en su intimidad personal y familiar.
Posteriormente, la Audiencia de Madrid anuló esta sentencia y rechazó en su integridad la demanda de Álvarez-Cascos, condenándole al pago de las costas del proceso, lo que ahora confirma el Supremo.
El Alto Tribunal señala que el entonces ministro era «un personaje público y político, que se hallaba en lugares públicos».
Respecto a los hijos del ex dirigente y de su pareja, tampoco considera que se produjera ninguna ilegalidad, ya que su imagen quedó desfigurada en el reportaje.