Trabajo como vendedor, y hace unos días la empresa me comunicó que me resolvían el contrato de trabajo porque las ventas se situaban por debajo del 65?% de la venta media por trabajador de mi delegación. ¿Pueden hacerlo? ¿Qué puedo reclamar?
Para que puedan resolverle el contrato por tal motivo, sería preciso, en primer lugar, que se hubiese pactado que su contrato pudiese extinguirse por no cumplir determinados objetivos o rendimientos mínimos. En su caso tendría que haberse pactado precisamente, que podrían resolverle el contrato, al amparo del artículo 49.1 b), cuando las ventas realizadas por usted se situasen por debajo del 65?% de la venta media por trabajador de la delegación.
Normalmente, estas cláusulas se incorporan en el mismo contrato. Y la validez de estas cláusulas depende de que se encuentren debidamente especificadas y concretadas en el contrato y no sean de imposible realización. Además, para que sean eficaces es necesario que el incumplimiento por parte del trabajador sea grave y sustancial, y no meramente esporádico, y que no obedezca a circunstancias excepcionales o imprevistas.
Corresponde al empresario probar la existencia de la obligación y del rendimiento alcanzado. Si usted no está conforme con la resolución del contrato, deberá reclamar por despido improcedente.
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Antonio Iglesias Vázquez, socio director de Iglesias Abogados