Tengo un contrato de trabajo temporal, y estoy de baja por enfermedad. Me acaban de comunicar que en 15 días se termina el contrato. ¿Pueden hacerlo?
En los contratos temporales, las causas de suspensión no implican la ampliación de su duración, aunque las partes pueden pactar en el contrato que la suspensión de este alargue su duración. Lo mismo puede hacerse a través de convenio colectivo.
Por la circunstancia de estar de baja por enfermedad, no se entiende prolongada la duración de su contrato, salvo que así se haya pactado expresamente. Hay otra posibilidad, y es que así se haya regulado en el convenio colectivo de aplicación.
Usted podrá reclamar por despido si su contrato está fuera de los supuestos en los que la ley permite la contratación temporal, y si la extinción del pacto laboral, igualmente, incumple con los requisitos de legalidad correspondientes.
Antonio Iglesias Vázquez (socio director de Iglesias Abogados)