Los propietarios forestales gallegos pierden así?una batalla para obtener más dinero por el alquiler
15 sep 2009 . Actualizado a las 02:00 h.El Tribunal Galego de Defensa da Competencia (TGDC) ha archivado el caso que investigaba a las eólicas por presuntas prácticas concertadas a la hora de fijar el precio de los solares eólicos de la comunidad. La institución entiende que toda la documentación requerida -contratos presentados por las empresas energéticas a los propios propietarios forestales, entre otras cosas-no arroja ningún dato que permita concluir la existencia de prácticas de concertación que contravengan la normativa en vigor.
Los hechos de este proceso se remontan a marzo del 2008. Entonces, el TGDC remitió al Servicio Galego de Defensa da Competencia (SGDC) una noticia publicada en un diario sobre posibles conductas anticompetitivas entre las empresas de energía eólica en relación a los alquileres que dichas compañías abonaban a los dueños del monte.
Poco después, en mayo, el SGDC decidió no incoar expediente, pero en el mes de julio, el pleno del tribunal le dio una vuelta al caso, al fallar que las investigaciones del servicio habían sido insuficientes. Y requirió un nuevo informe que recogiese un análisis de los precios pagados a los propietarios forestales durante los dos últimos años, además de un estudio con todos los contratos suscritos entre intermediarios y firmas eólicas.
Ventonoso, la asociación de dueños de montes auspiciada por Unións Agrarias, remitió un escrito en este proceso en el que hacía referencia a varias circunstancias. Primero, que el número de contratos a analizar por el servicio es muy pequeño, ya que muy pocos dueños de montes los suscribieron con las eólicas, al estar en desacuerdo con las condiciones económicas ofrecidas. Ventonoso también asegura que las empresas disponen de más información que los propietarios para tomar sus decisiones y que, cuando existen expropiaciones, los dueños del monte resultan perjudicados, ya que los jurados elegidos fijan un precio para el solar forestal que beneficia siempre a la Administración.
El tribunal gallego que supervisa los asuntos de competencia entiende que todos estos aspectos quedan fuera de sus atribuciones y que estas denuncias no pueden vincularse a un posible pacto de precios llevado a cabo por las empresas energéticas.
El fallo de TGDC, que apoya al servicio gallego en su decisión de no abrir expediente sancionador, supone que los propietarios forestales han perdido una primera batalla en su intento de denunciar posibles abusos de las eólicas y en su objetivo de obtener un mayor beneficio por la explotación energética de sus parcelas. Ventonoso sostiene que la guerra sigue abierta y que está en marcha un proceso contencioso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia para que se reconozca la figura del solar eólico y se retribuya en función del beneficio que genera, el lugar de valorarse como suelo rústico.