Bruselas anula el céntimo sanitario español por considerarlo irregular

Miguel Á. Rodríguez Mario Beramendi

ECONOMÍA

La UE cree que financiar la Sanidad aplicándole una carga fiscal a las gasolinas vulnera la normativa comunitaria

07 may 2008 . Actualizado a las 12:08 h.

La Comisión Europea le dio ayer un nuevo varapalo a España, al declarar irregular el céntimo sanitario que se aplica sobre los hidrocarburos desde el año 2004. En el caso gallego, esta fiscalidad iba a reportarle a las arcas autonómicas 96,1 millones de euros este año y, desde que comenzó a aplicarse, en el 2004, le ha supuesto al Gobierno autónomo 366 millones de euros, destinados en su totalidad a mejorar servicios relacionados con la Sanidad.

La noticia cayó como un jarro de agua fría en la Xunta y en el Gobierno central. El Ministerio de Economía anunció por la tarde su intención de recurrir la decisión de Bruselas. Y la Consellería de Economía prepara la remisión a Madrid de alegaciones relativas a la comunidad gallega. Pero la decisión del Ejecutivo comunidtario deja poco lugar a las especulaciones.

La comunicación oficial remitida a España sostiene que el impuesto especial sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IEVMH) «no se atiene a la legislación comunitaria». La notificación se ha efectuado en forma de dictamen motivado (segundo paso del procedimiento de infracción previsto en el artículo 226 del Tratado CE). Si el Gobierno español no corrige esta situación en un plazo de dos meses, la Comisión podría remitir el asunto al Tribunal de Justicia Europeo.

El impuesto, que en el caso gallego, y de Madrid, Cataluña, Asturias, Castilla La Mancha y Valencia tiene un tramo estatal (63%) y otro autonómico (37%), se está cobrando de modo irregular, según Bruselas. Primero porque la fiscalidad sobre hidrocarburos está armonizada en toda Europa y el tratamiento especial que aplica España es contrario al derecho comunitario.

Además, la Comisión considera que el céntimo sanitario tiene un afán meramente recaudador, destinado a financiar otro servicio que nada tienen que ver con los hidrocarburos.

Dicho de otra manera, las «excepciones» a la armonización fiscal europea podrían aplicarse en el caso de impuestos sobre la gasolina relacionados, por ejemplo, con la estimulación del uso de los biocombustibles. Pero lo que el Ejecutivo comunitario le dijo ayer a España es que no puede gravar las gasolinas para pagar las facturas de la Sanidad.

El comunicado de Bruselas considera que el objetivo principal del impuesto en España es «fortalecer la autonomía de las regiones proporcionándoles los medios para generar ingresos fiscales». Y aclara que de acuerdo con los criterios del Tribunal de Justicia Europeo, «esto no puede considerarse una finalidad específica a efectos de lo dispuesto en la directiva».

También estiman irregular que el pago del impuesto no afecte al productor de los hidrocarburos, a las industrias de refinado o a las gasolineras, sino que incida únicamente sobre el usuario final en las estaciones de servicio.

Un tributo creado en el 2002

El Gobierno central empezó a aplicar en toda España el impuesto minorista de los hidrocarburos en el año 2002, con un coste al consumidor por litro de 0,024 euros. El objetivo que entonces adujo Hacienda fue financiar la Sanidad. Galicia y Madrid fueron las dos primeras comunidades en aplicar el tramo autonómico del tributo.

José Antonio Orza, el entonces conselleiro de Economía en la Xunta de Galicia que presidía Manuel Fraga, manifestó ayer tras conocer la decisión de Bruselas que se trata de «un tributo de carácter estatal y corresponde al Ejecutivo central la defensa jurídica del mismo».

En cualquier caso, el hoy portavoz del Partido Popular de Galicia en materia económica subrayó que si finalmente se termina suprimiendo esta fiscalidad, «será el Gobierno central quien deba de articular mecanismos para compensar la merma de ingresos en las comunidades autónomas».