Un atraco con los pantalones bajados y un botín de 14.000 pesetas

María Hermida
María Hermida PONTEVEDRA / LA VOZ

VIGO CIUDAD

ALVARO BALLESTEROS

En 1983, la Audiencia de Pontevedra condenó a tres mujeres por robar. La sentencia refleja el círculo de violencia en el que acababan muchas féminas en situación de prostitución

26 dic 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Hace cuatro décadas, con los años ochenta en plena explosión y la sociedad haciendo la digestión de la Navidad, la Audiencia de Pontevedra emitió una sentencia en la que condenaba a tres mujeres, de edades muy jóvenes y en situación de prostitución, por un atraco que había ocurrido unos meses atrás, en julio del año 1983, en Vigo. Las féminas, a tenor del fallo judicial, habían robado con intimidación a un individuo que, previamente, había acudido al local de alterne donde ellas estaban siendo prostituidas. El texto legal aportaba todo tipo de detalles sobre el suceso en cuestión, ya que indicaba que el varón había sido atracado cuando tenía los pantalones bajados y que el botín, un montante de 14.000 pesetas, había sido retirado a ras de suelo, de la prenda que el hombre se había quitado porque en aquel momento se disponía a mantener relaciones sexuales con una de las jóvenes. Pero de lo que no se dice ni palabra es de cómo era la situación de esas mujeres, que tenían muy poca edad y pese a ello estaban en un club de alterne y ya contaban con antecedentes policiales. La socióloga Silvia Pérez, que lleva dos décadas atendiendo a víctimas de explotación sexual, señala que esto era más que habitual entonces y que, aunque actualmente se ha avanzado, queda camino por andar. «O círculo de violencia no que estaban e están estas mulleres é tremendo», señala esta mujer.

Todo había empezado en el barrio de la Herrería de Vigo, en una zona donde en aquellos años abundaban los locales de prostitución. El hombre en cuestión acudió a uno de ellos, llamado Nido Club, ubicado en la calle Abelenda Menéndez. Allí conoció a una de las mujeres que, aunque en aquel momento se indicaba que trabajaba como camarera, en realidad estaba siendo prostituida (algo que acreditó la Justicia). Y, por lo que señalaba la sentencia, tras una noche de copas en el local ambos se marcharon juntos al parque vigués de O Castro con la intención de mantener relaciones sexuales. Él, tal como se recoge en el fallo, había abonado previamente doce mil pesetas.

Acudieron al citado espacio público vigués pero, según la sentencia, no lo hicieron en solitario. Allí aparecieron dos mujeres más del club de alterne. Y, en el momento en el que el hombre en cuestión tenía los pantalones bajados, las tres le pusieron un objeto frío y duro contra las costillas —no llegó a identificarse qué utensilio habían utilizado— y le dijeron que no se moviese o «le pegaban un tiro». Le retiraron las catorce mil pesetas que llevaba en la prenda que estaba en el suelo, en su pantalón, y se marcharon por donde habían venido. Los magistrados añadían que lo dejaron plantado «en tales circunstancias». 

El ciudadano en cuestión acabó presentando una denuncia. Y se abrió una investigación contra las tres mujeres, que derivó en un juicio y en la sentencia condenatoria. Los magistrados de la Audiencia de Pontevedra consideraron probado que había sido víctima de un robo con intimidación. Y condenaron por ello a las tres mujeres. Llama la atención las edades jovencísimas de las tres féminas. Una de ellas tenía 19 años y le cayeron dos años y cuatro meses de prisión por este robo, ya que la aplicaron el agravante de reincidencia. Las otras dos tenían 21 años y en ambos casos fueron condenadas a siete meses de cárcel. El hombre que las denunció, tal y como se recoge en la sentencia condenatoria, rechazó ser indemnizado económicamente por estos hechos.

A Silvia Pérez, cofundadora de la Rede Galega contra a Trata Sexual, no le sorprende este fallo judicial ni el hecho de que dos mujeres de edades tan tempranas y en situación de prostitución acabasen en un problema legal de estas características. No conoce este caso concreto ni los pormenores de la sentencia. Pero sí el contexto en el que solían y suelen producirse estos hechos. De hecho, señala: «O habitual é que as mulleres estean nun círculo de violencia terrible. E o primeiro que hai que ter en conta é que a elas non se lles considera vítimas pese ao feito de seren unhas mulleres explotadas sexualmente. Cando en realidade deberían ter esa consideración, elas están sufrindo un delito», indica. Luego, añade: «Outra das consideracións que faría e que moitas veces estas mulleres necesitan resarcirse da violencia que sofren e unha das maneiras que atopan de facelo é roubando ao propio putañeiro. Isto vímolo bastantes veces e tamén foron moitas as ocasións nas que vimos que se acababan metendo en moitísimos problemas legais por esa roda da violencia na que están. Hai que ter en conta que están sendo vítimas da violencia más extrema, da violencia sexual».

Al preguntarle si actualmente se reproducen estos mismos fallos judiciales, si tampoco se va nunca al contexto y solo se juzga el posible hecho delictivo en sí, Pérez suspira y concluye: «Queda camiño por percorrer. Pero non podemos dicir que non avanzaramos nada. Hoxe en día, posiblemente, ante unha denuncia dun putañeiro se investigaría todo o contexto e en que situación están esas mulleres».