Instala cámaras de vigilancia y posa ante el gallinero de una finca de Redondela que le disputa a su sobrina

e. v. pita VIGO / LA VOZ

REDONDELA

Imagen de hoy del edificio de la Cidade da Xustiza de Vigo
Imagen de hoy del edificio de la Cidade da Xustiza de Vigo M.Moralejo

El implicado indicaba ante las cámaras el día y la hora para probar a los tribunales que él tenía la posesión de los terrenos

14 feb 2026 . Actualizado a las 14:35 h.

Un vecino de Redondela instaló cámaras de videovigilancia y posó ante el gallinero para probar que él poseía una parte de la finca de kiwis que se disputa con su sobrina, la cual se la compró a su abuelo. Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Redondela concedió la posesión de toda la parcela a la sobrina y ordenó a su tío que retirase un vallado «ilícitamente instalado» en el terreno en disputa así como las cámaras de videovigilancia, a fin de dejar el suelo libre. Le reprochó que hubiese realizado acciones perturbadoras, como el vallado y la instalación de cámaras en el 2022, que rompieron la paz de su sobrina.

En su día, el juez le devolvió a ella la posesión de 808 metros cuadrados de finca con una casa de una planta. Y le concedía un segundo terreno colindante de 1.145 metros cuadrados que ella había registrado a su nombre. Sin embargo, el tío que colocó las cámaras apeló a la Audiencia Provincial y ha sembrado la duda entre los magistrados.

La sala concluyó que dicho litigante había instalado cámaras de seguridad para realizar grabaciones con el fin de crear pruebas de que él podía entrar en la finca y en el gallinero y así documentar que él poseía dichos terrenos. Incluso posaba y se dirigía a la cámara e indicaba el día, mes, año y hora.

Por su parte, dice la sala, la sobrina es una militar que no trabaja la finca pero se ocupa de la limpieza. Vivía en una casa cercana que le compró a su abuelo.

La Audiencia, ante las declaraciones contradictorias de familiares de la sobrina y su tío, admite que no ve claro que esta tuviese una posesión exclusiva y, en una sentencia del 10 de diciembre del 2025, revoca la posesión a la sobrina. Lo cierto, dice la sala, es que el abuelo (y a su vez, padre del demandado) trabajaba la finca, tenía un gallinero y depositaba sus vehículos antiguos. Y a ello se sumó que nieta y abuelo se distanciaron, dejaron de tener buena relación y que ambos ostentaban la posesión de la finca. Los magistrados admiten que no saben en qué grado y hasta qué momento ambos, o uno de ellos. Incluso la madre de la afectada y hermana del demandado contó que su padre le quiso dejar parte.

Todo ello hace pensar a la sala que la sobrina no disfruta en exclusiva de la posesión y revocan la sentencia del juez de Redondela que se la concedía.