Revocan la condena a una familia por ocupación de un inmueble en Ponteareas al no probarse que no tuvieran permiso

La Voz PONTEAREAS / LA VOZ

VIGO

La Audiencia Provincial de Pontevedra, en una imagen de archivo.
La Audiencia Provincial de Pontevedra, en una imagen de archivo. CAPOTILLO

Los denunciados abonaron 7.000 euros en concepto de opción de compra, además de la suma mensual de 350 euros

28 dic 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia de Pontevedra revocó una sentencia del Juzgado número 3 de Ponteareas que había condenado a los responsables de una familia por ocupar una vivienda en Ponteareas. Los afectados recurrieron la sentencia con los siguientes argumentos: lo primero que recuerda el fallo es que una condena por ocupación solo se producirá si se ocupa el inmueble sin autorización. En este caso, añade el fallo, «no ha quedado probado que [los acusados en primera instancia] lo hiciesen sin la debida autorización del titular del mismo, pues se desconoce quién era realmente en aquellas fechas».

La sentencia alude a que una de las personas que asegura ser propietario del inmueble había cedido el uso de la propiedad a los condenados, y según ellos incluso le pagaron mensualmente una cantidad de dinero estipulada entre ambas partes. Pero un hermano de la persona que asegura ser propietario de la vivienda dice también tener derechos sobre la misma, y que no autorizó a que la familia se instalará entre el 2024 y el 2025 en la misma. Por eso los denunció y dio origen al procedimiento judicial que acaba de resolver la Audiencia de Pontevedra. En la sentencia se dice también que la Fiscalía no practicó prueba para conocer realmente la identidad del titular del inmueble y poder probar que la familia denunciada la habitaba sin autorización del legitimo propietario.

Los denunciados aseguraron siempre desconocer la ajenidad del inmueble, y consideran que no se produjo actividad probatoria alguna para acreditar la titularidad sobre el inmueble. La persona que les alquiló la vivienda manifestó desde el principio que actuaba como titular, y que los denunciados habían abonado 7.000 euros en concepto de opción de compra, además de la suma mensual de 350 euros durante casi un año.